Cuatro son los requisitos que deben cumplir aquellos que aspiren a la Presidencia de la República, según el artículo 42 de la Constitución vigente desde el 2008.
Estos son:
1. Ser ecuatoriano por nacimiento.
2. Haber cumplido 35 años de edad a la fecha de inscripción de su candidatura.
3. Estar en goce de los derechos políticos.
4. No encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones establecidas en la Constitución; estas suman diez, según el Código de la Democracia.
A su vez, el artículo 7 de la misma Carta Magna indica a quiénes se considera como ecuatorianos por nacimiento:
1. Las personas nacidas en Ecuador.
2. Las personas nacidas en el extranjero de madre o padre nacidos en Ecuador; y sus descendientes hasta el tercer grado de consanguinidad.
3. Las personas pertenecientes a comunidades, pueblos o nacionalidades reconocidos por Ecuador con presencia en las zonas de frontera.
Este tema se debatió en las redes sociales en las últimas semanas porque Daniel Noboa Azín, uno de los candidatos presidenciales que irán a la segunda vuelta, nació en Miami, Estados Unidos.
Es el hijo mayor del empresario y cinco veces aspirante presidenciale Álvaro Noboa Pontón y la médica y exdiputada por Guayas Anabella Azín Arce, ambos nacidos en Ecuador. Es decir que él sí cumple con el requisito previsto en la norma constitucional.
Antes de la vigencia de la actual Constitución hubo otros casos de mandatarios nacidos en el exterior.
Juan José Flores fue el primer presidente de Ecuador; gobernó del 13 de mayo de 1830 al 10 de septiembre de 1834. Nació en Puerto Cabello, Venezuela, el 19 de julio de 1800.
Clemente Yerovi Indaburo, que gobernó del 29 de marzo de 1966 al 16 de noviembre de 1966, nació en Barcelona, España, el 10 de agosto de 1904.
Galo Plaza Lasso nació el 17 de febrero de 1906 en Nueva York, Estados Unidos. Gobernó del 1 de septiembre de 1948 al 1 de septiembre de 1952.
Sixto Durán-Ballén, quien gobernó del 10 de agosto de 1992 al 10 de agosto de 1996, nació en Boston, Estados Unidos, el 14 de julio de 1921. (I)