La nueva tarifa de 5 % de Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) establecida en la Ley Orgánica para enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica se aplicará a partir del *01 de abril de 2024* de acuerdo con el artículo 11 del Código Tributario.
Esta tarifa se aplica en todas las transferencias al exterior a través de medios bancarios, traslados de divisas por puertos, aeropuertos o pasos fronterizos del país o envíos de divisas a través de empresas de Courier.
El Servicio de Rentas Internas recuerda a la ciudadanía que se mantienen en vigencia exenciones por 3 salarios básicos (USD 1.380) en traslados fuera del país, 3 salarios básicos (USD 1.380) en transferencias de divisas por año, y hasta USD 5017,33 por pagos al exterior mediante tarjetas de crédito, entre otras, previstas en el artículo 159 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador.
La Ley Orgánica para enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica se publicó en el suplemento del Registro Oficial 516 de 12 de marzo de 2024. (I)
Fuente: El Universo