Conforme el Decreto Ejecutivo No. 176 publicado en el Suplemento No. 507 del Registro Oficial el 28 de febrero de 2024, también se pueden considerar como cargas familiares para el Anexo de Gastos Personales (AGP) del período fiscal 2023, a quienes percibieron ingresos gravados que en total no supere los $450 (salario básico unificado).
Las cargas familiares pueden ser los padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad que dependan del contribuyente y que no perciban ingresos gravados de impuesto a la renta superiores al salario básico unificado.
A partir del 1 de marzo del 2024, en caso de tener cargas familiares no consideradas en el anexo original, cuyo ingreso gravado en el año 2023 fue menor a $450, podrán presentar su anexo sustitutivo, registrando las cargas que cumplen con esta condición y la declaración sustitutiva de impuesto a la renta a partir del 8 de marzo del 2024, de ser el caso.
En febrero de 2024 debieron presentar el AGP del período fiscal 2023 las personas naturales que tuvieron ingresos superiores a $11.722 e hicieron uso de sus gastos personales, para acceder a la rebaja en el impuesto a la renta en función del número de cargas familiares.
El SRI ofrece una guía que explica cómo realizar el registro de cargas familiares para períodos a partir de 2023. El documento está disponible en la sección formularios e instructivos/ Anexo Gastos Personales en Línea – AGP/ Guía para el Usuario – Registro de cargas familiares, en el siguiente link: https://www.sri.gob.ec/formulariose-instructivos1
¿Cómo saber si debe declarar el impuesto a la renta ?
El punto de partida es revisar si su ingresos anual está dentro de la llamada base imponible que determina cada año el Servicio de Rentas Internas (SRI).
La base imponible para el Impuesto a la Renta en 2024 es de $11.902 o $991,8 al mes. Es decir, si sus ingresos mensuales son $991,8 o más, se debe hacer el trámite de declarar el impuesto a la renta Mientras más alto es el valor de la base imponible, más impuesto a la renta tendrá que pagar.
Para saber cuáles son sus ingresos, que serán tomados en cuenta para pago de impuestos, se debe sumar sueldos, horas extras, comisiones (no incluya los décimos). A eso se debe restar el monto que corresponde al aporte al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS); esto es, el 9,45% de la remuneración del trabajador. El resultado es la base imponible; si es igual o mayor a $11.902 anuales debe hacer la proyección de gastos personales y la declaración del impuesto. (JS)
Fuente: Diario La Hora