El pleno de la Asamblea Nacional concedió ocho días más a la Comisión de Justicia y Estructura del Estado para que presente el texto final de lo que es la nueva ley de Inquilinato que plantea reformas en cuanto a las sanciones al arrendador, las reparaciones y responsabilidades sobre el inmueble arrendado, y las garantías contractuales.
La normativa incorpora nuevos artículos referentes al contrato de arriendo electrónico y la mediación en materia de inquilinato.
Las reformas se dividen en cuatro ejes: seguridad jurídica, que se refiere a los contratos de arrendamiento escritos, la regulación sobre el inventario y reglas claras sobre las garantías; protección al arrendatario, el derecho a tener una vivienda digna, devolución de garantías, estabilidad y protección frente a abusos; protección al arrendador, que tiene relación con las reglas claras para la restitución del bien inmueble; y, modernización, se refiere a la validez de contratos electrónicos, notificaciones electrónicas y simplificación de procesos.
Uno de los principales cambios está relacionado con la garantía que entrega el inquilino al propietario al iniciar un contrato. El proyecto establece que esta garantía no podrá superar el equivalente a dos cánones de arrendamiento. Además, fija un plazo de quince días para su devolución una vez terminado el contrato y desocupado el inmueble.
Si el propietario considera que existen daños o valores pendientes, deberá justificar los descuentos realizados. La garantía podrá utilizarse para cubrir daños atribuibles al inquilino o deudas pendientes, como consumos de servicios básicos o expensas de administración.
Pero no todo daño podrá ser cobrado al arrendatario. La propuesta establece que el desgaste normal del inmueble por el uso y el paso del tiempo no podrá descontarse de la garantía.
En medio del debate, tanto el sector oficialista como el de oposición planteó que el proyecto de ley regrese a la comisión de Justicia para que recoja las observaciones presentadas y una de ellas, se refiere a la posibilidad de crear incentivos para motivar la recuperación de espacios deprimidos de las ciudades y promover la construcción de viviendas destinadas al arriendo.
El presidente encargado de la Asamblea Nacional, Esteban Torres, afirmó que esta reforma ha tenido la debida delicadeza de no tomar ningún partido en un tema como el de arrendamiento. Lo importante de la reforma, explicó, es modernizar y exigir que los contratos de arrendamiento sean registrados y públicos.
Destacó que la ley establece los parámetros de la garantía de dos meses arriendo es lógico, así como promover la mediación como método de solución de conflictos.
Torres aclaró que si bien no es competencia específica de la legislatura, pero no se puede dejar de pensar en soluciones para un déficit de vivienda en el país; por ello, planteó la incorporación de una transitoria conminando a los municipios para que mejoren los cambios del uso de suelo y permitan que las zonas deprimidas en Quito y en la ciudad de Guayaquil y otras ciudades, para incentivar la construcción de viviendas.
Su coideario Andrés Castillo (ADN), manifestó que las reformas que se incorporarán en esta última etapa estarían enfocadas en fomentar en que la gente vuelva a los sitios donde existen todas las capacidades instaladas de las ciudades y cuentan con todos los servicios. Para ello, se deberán crear incentivos tanto para el dueño de la propiedad como para los arrendatarios.
Lo que se necesita es que la ley de Inquilinato garantice mayor equidad entre el arrendatario y el arrendador.
Desde el sector de oposición el legislador Luis Fernando Molina (RC), manifestó que tras un análisis de la ley vigente y la nueva propuesta surge la preocupación por la obtención del certificado de fijación del canon de arrendamiento, porque la ley vigente señala que se entregará al arrendador el certificado de cuánto debe pagar por arrendamiento, pero fija un plazo de cuatro meses, lo cual es demasiado.
Dijo que es importante que se establezca una disposición transitoria para que las alcaldías puedan generar dirección de registro de contratos para evitar incomodidades.
Añadió que se debe revisar las disposiciones que eliminan las causales de terminación anticipada de contratos de arrendamientos, porque de lo contrario como causal única podría quedar solo el deshaucio.
La presidenta de la comisión de Justicia, Rosa Torres, indicó que la ley es social antes que política que nace de una necesidad de modernizar una ley del año 2000, y de la necesidad de 1.8 familias ecuatorianas que están bajo la figura de arrendamiento tengan mayor certeza y seguridad jurídica, que se sientan respaldados por primera vez en una Ley de Inquilinato que lamentablemente no obedece a las necesidad actuales.
Tras el debate, la asambleísta Torres dijo que todos coinciden en la necesidad de modernizar la Ley de Inquilinato, y que todas las leyes son perfectibles. Que debido a todas las observaciones solicitó que el proyecto retorne a la comisión legislativa para incorporar los cambios.
El artículo 61 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa establece un plazo de ocho días para que la comisión analice la incorporación de los cambios sugeridos. Luego, será la presidencia de la Asamblea quien incorpore el tema en la agenda.
(i) Fuente: El Universo