Gobierno entregó nueva ley urgente de turismo con facilidades de pago en el SRI e IESS

El presidente Daniel Noboa presentó a la Asamblea Nacional, la tarde del viernes 23 de febrero, el proyecto de ley que busca fortalecer al sector de turismo y fomentar el empleo.

La norma fue anunciada hace dos días por el ministro de Turismo, Niels Olsen, destacando que contribuiría a que los promotores de espectáculos puedan traer a Ecuador artistas internacionales de talla mundial, que anteriormente omitían al país de sus giras por Sudamérica.
El cuerpo legal reforma varias leyes y se denomina proyecto de ley orgánica económico urgente para el fortalecimiento de las actividades turísticas y fomento del empleo.

Entre los beneficios que se plantean es coordinar con las instituciones financieras para que otorguen créditos para el sector turístico con tasas y plazos preferentes; y se establezcan condiciones de refinanciamiento para las operaciones existentes en el sector, que contemplen períodos de gracia y plazos extendidos adicionales para que puedan cumplir sus obligaciones.
Los recursos que se obtengan por cobro de tarifas, contribuciones, concesiones de turismo y tasas serán destinados para la promoción, competitividad y desarrollo turístico.
Así mismo, de manera transitoria, se proponen facilidades de pago de hasta 24 meses plazo, para los contribuyentes inscritos en el Registro Nacional de Turismo (RNT) que no hayan podido cumplir con sus obligaciones tributarias con el Servicio de Rentas Internas hasta el período fiscal 2023.

Para acogerse, los interesados deberán presentar la solicitud hasta el 31 de diciembre de 2024 y no será necesario abonar una cuota inicial. Se condonarán intereses, multas y recargos, siempre que el contribuyente pague puntualmente sus cuotas.
De igual manera, los inscritos en el RNT que tengan obligaciones pendientes con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) podrán acceder a facilidades de pago hasta por un máximo de 24 meses. La solicitud se deberá presentar hasta el 31 de diciembre de este año, una vez que la ley entre en vigencia, no será necesario abonar un pago inicial ni convenios de purga de mora. Se exime la responsabilidad patronal a quienes se acojan a este beneficio.

Y las micro, pequeñas y medianas empresas, que estén inscritas en el Registro Nacional de Turismo, podrán diferir el pago del Impuesto a la Renta de 2024, sin intereses, ni multas, hasta 24 meses plazo. Los lineamientos se establecerán en el reglamento de la norma.
Mediante reforma al artículo 13 de la Ley de Régimen Tributario Interno se agrega que serán deducibles, y no estarán sujetos al impuesto a la renta en el Ecuador ni se someten a retención en la fuente, los pagos que efectúen al exterior las personas naturales o sociedades que consten en el catastro de la Autoridad Nacional de Turismo, como prestadores de servicios turísticos, por servicios profesionales o artísticos, salvo que el beneficiario efectivo sea un residente fiscal del Ecuador o cuando el perceptor del ingreso sea residente en paraísos fiscales, regímenes fiscales preferentes o jurisdicciones de menor imposición.
Con una modificación al artículo 159 de la ley Reformatoria para la Equidad Tributaria se incluye dentro de las exoneraciones del impuesto a la salida de divisas (ISD) a los pagos efectuados al exterior por aerolíneas nacionales y extranjeras, que operen dentro, desde y hacia el Ecuador y que cuenten con el documento que acredite que han sido designadas o el permiso de operación emitido por la autoridad aeronáutica.
Para acceder a la exoneración del impuesto las compañías aéreas deberán cumplir los procedimientos que establezca el Servicio de Rentas Internas, mediante resolución.

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) podrán establecer incentivos adicionales a para el sector de turismo, tales como incentivos para las inversiones en facilidades, en actividades y modalidades turísticas, rescate de bienes culturales y naturales.
Esos son algunos de los componentes de la nueva ley urgente que impulsa el presidente Daniel Noboa. La Asamblea Nacional tiene un plazo de 30 días para dar trámite al proyecto. (I)

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