Comisión de Salud fortalece el proyecto de ley sobre obesidad con aportes del INEC y la Procuraduría

La Comisión del Derecho a la Salud y Deporte recibió observaciones técnicas y jurídicas al Proyecto de Ley Orgánica para la Atención Integral de las Personas con Obesidad, presentadas por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) y la Procuraduría General del Estado, previo a su segundo debate.

Por el INEC, Cecilia Valdivia, coordinadora general y técnica de Producción Estadística, explicó que la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensanut) constituye el principal insumo estadístico específico sobre sobrepeso y obesidad en la población adulta. Señaló que su última edición se realizó en 2018 y que, debido a sus costos y a la disponibilidad de recursos, no ha sido posible efectuar una nueva encuesta. Recordó que su periodicidad es quinquenal y que, por tanto, no permite disponer de información anual.

Añadió que el INEC cuenta con otros registros y operaciones estadísticas, como los egresos hospitalarios y las defunciones, así como la Encuesta Nacional sobre Desnutrición Infantil, de periodicidad anual, que permite dar seguimiento a los indicadores de sobrepeso, obesidad y desnutrición infantil.

Respecto del artículo relacionado con la vigilancia, el monitoreo y la evaluación, Valdivia indicó que el INEC puede contribuir, en su calidad de rector del Sistema Estadístico Nacional, mediante sus operaciones estadísticas y la incorporación de las variables necesarias para la formulación de políticas públicas. Sin embargo, observó que cualquier incremento en la frecuencia de la Ensanut debe estar acompañado de los recursos financieros necesarios para garantizar su ejecución.

Por su parte, la Procuraduría General del Estado, a través de sus delegados de las áreas de Derechos Humanos e Iniciativa Legislativa e Investigaciones Jurídicas, presentó observaciones de carácter jurídico y de técnica legislativa. En materia de derechos humanos, destacó la importancia de incorporar al proyecto los estándares internacionales relacionados con el derecho a una alimentación adecuada, la promoción de entornos saludables y la protección especial de niñas, niños y adolescentes frente a la obesidad y al consumo de alimentos y bebidas de bajo valor nutricional.

En cuanto al texto normativo, la Procuraduría planteó precisar el alcance de los mecanismos de coordinación interinstitucional e intersectorial previstos en el artículo 8; delimitar los criterios clínicos individualizados y su relación con los protocolos basados en evidencia científica establecidos en el artículo 10; e incorporar mecanismos de transparencia, acceso público y difusión periódica de indicadores en las acciones de vigilancia y evaluación contempladas en el artículo 12.

También recomendó trasladar los aspectos excesivamente descriptivos de los artículos 15, 16 y 17 a normativa secundaria o instrumentos técnicos; precisar las competencias concurrentes y complementarias de los gobiernos autónomos descentralizados en materia de promoción de la salud; y ajustar las disposiciones transitorias relativas a la expedición de reglamentos y normativa.

RSA

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