Una reciente determinación del Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil ha reabierto el debate sobre la validez de las pruebas empleadas en los procesos judiciales peruanos vinculados al escándalo de Odebrecht. El ministro Dias Toffoli declaró como no utilizables, de acuerdo con las normas brasileñas, los elementos obtenidos de los sistemas Drousys y My Web Day B que involucran al expresidente Alejandro Toledo, quien fue condenado en Perú por el caso de la Carretera Interoceánica Sur.
El fallo, dado a conocer el 27 de agosto, extiende a Toledo el mismo criterio que Toffoli ya había aplicado a otros investigados del caso Lava Jato, entre ellos el expresidente Ollanta Humala. La resolución abarca información proveniente del acuerdo de lenidad de Odebrecht y de los registros electrónicos que la compañía utilizaba para documentar pagos ilícitos.
Sin embargo, es importante aclarar que esta decisión no invalida por sí sola la condena impuesta a Toledo en Perú. El propio texto del fallo especifica que la declaración de inutilidad de las pruebas se realiza «según el ordenamiento jurídico brasileño». Además, será el Ministerio de Justicia de Brasil, a través del Departamento de Recuperación de Activos y Cooperación Internacional (DRACI), el encargado de notificar formalmente la decisión al Gobierno peruano.
¿Qué pruebas fueron cuestionadas por Dias Toffoli?
El núcleo de la controversia son las plataformas Drousys y My Web Day B, herramientas que Odebrecht empleaba para registrar operaciones vinculadas a su estructura de pagos irregulares.
En septiembre de 2023, Toffoli ya había considerado jurídicamente comprometidas las pruebas obtenidas de esos sistemas bajo órdenes del 13.º Juzgado Federal de Curitiba, que entonces estaba a cargo del juez Sergio Moro. Ahora, el magistrado extendió los efectos de esa decisión al caso del exmandatario peruano.

Toffoli declaró la «imprestabilidad», según las reglas brasileñas, de los elementos provenientes de ambos sistemas que formaban parte del acuerdo de lenidad de Odebrecht. La determinación también limita futuros actos de cooperación desde Brasil que se sustenten en dicho material.
No obstante, existe una diferencia fundamental entre declarar una prueba como no utilizable en Brasil y determinar qué sucede con la información que ya fue incorporada a un proceso judicial en Perú.

¿Puede esta decisión anular la condena de Toledo en Perú?
Toledo fue condenado en octubre de 2024 por el Segundo Juzgado Penal Colegiado Nacional a 20 años y seis meses de prisión por los delitos de colusión y lavado de activos. El tribunal concluyó que se coludió con Odebrecht para favorecer a la constructora en la adjudicación de los tramos 2 y 3 de la Interoceánica Sur, a cambio de una coima pactada en US$35 millones.
La sentencia aún no es firme. La Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional continúa revisando los recursos presentados contra el fallo, y durante 2026 se han seguido desarrollando audiencias de segunda instancia.

Por lo tanto, la defensa de Toledo podría utilizar la resolución brasileña como parte de sus argumentos para impugnar determinados medios probatorios. Sin embargo, esto no significa que los jueces peruanos estén obligados a excluirlos automáticamente ni que la condena se desvanezca como consecuencia directa del fallo de Toffoli.
Existe un antecedente relevante sobre este mismo debate. Ante decisiones anteriores adoptadas en Brasil, Silvana Carrión, quien fuera procuradora ad hoc del caso Odebrecht, explicó al portal Convoca que estas resoluciones no eran directamente ejecutables en Perú y que correspondía a los magistrados nacionales determinar el valor de las pruebas incorporadas bajo las reglas procesales peruanas. También recordó que las investigaciones locales recabaron información independiente a través de colaboradores eficaces y diligencias realizadas por la Fiscalía peruana.
Antecedentes judiciales en Perú sobre estas pruebas
El debate también ha sido abordado por especialistas. En un artículo publicado en enero de 2026 por LP Derecho, la abogada penalista Mery Alonzo Velapatiño, del estudio Azabache Caracciolo, analizó el posible impacto en Perú de las decisiones de Dias Toffoli en Brasil.
Alonzo recordó que, en marzo de 2023, la Corte Suprema peruana estableció en otro proceso penal que «los problemas o defectos en la cadena de custodia no conducen por sí solos ni automáticamente a la exclusión de una prueba». Una deficiencia de ese tipo puede afectar su fiabilidad, pero debe evaluarse según las circunstancias del caso.

Ese criterio ya ha sido invocado en expedientes relacionados con Odebrecht. En noviembre de 2025, el juez Jorge Chávez Tamariz rechazó un pedido de la defensa de Gonzalo Monteverde para excluir pruebas basándose en las decisiones de Toffoli. Entre los argumentos considerados estuvo que Perú había recibido el material antes de que la justicia brasileña cuestionara su cadena de custodia y que posteriormente la Fiscalía obtuvo fuentes independientes, incluidas declaraciones de exfuncionarios de Odebrecht.
El análisis de Alonzo incluye otro antecedente especialmente relevante: en junio de 2025, el propio Dias Toffoli rechazó un pedido de Odebrecht para obligar al Estado peruano a devolver pruebas entregadas mediante el acuerdo de colaboración eficaz. En aquella ocasión señaló que ese planteamiento excedía las competencias del STF y que correspondía al Perú adoptar una decisión sobre el material que ya se encontraba bajo su jurisdicción.

Más de mil documentos fueron revisados durante el juicio
El alcance que pueda tener la nueva resolución brasileña también dependerá del peso que Drousys y My Web Day B hayan tenido dentro del conjunto de evidencia utilizado para condenar al expresidente.
Según informó el Poder Judicial al anunciar la sentencia en 2024, el juicio contra Toledo comprendió 175 audiencias, la declaración de más de 100 testigos y la actuación de más de mil pruebas documentales.
Esto significa que una eventual discusión sobre determinados registros de Odebrecht tendría que establecer no solo si esos elementos mantienen validez dentro del proceso peruano, sino también qué hechos fueron acreditados mediante otras fuentes.
Por ahora, Toledo continúa recluido en el penal de Barbadillo mientras la condena por la Interoceánica Sur es revisada en segunda instancia. La resolución emitida desde Brasil podrá convertirse en un nuevo argumento de su defensa, pero será la justicia peruana la que deberá determinar qué efecto —si alguno— tendrá sobre el proceso y las pruebas ya incorporadas al expediente.
Fuente: Infobae