El fiscal general encargado, Carlos Leonardo Alarcón, afirma que ya ha transcurrido un “tiempo prudente” desde que el tribunal de juzgamiento del caso Sinohydro suspendió la audiencia de juicio e ingresó a deliberar, por lo que solicita a los magistrados de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Manuel Cabrera (ponente), Daniella Camacho y Julio Inga que señalen día y hora para reinstalar la diligencia y así se dé a conocer la decisión judicial correspondiente.
El pedido dirigido al presidente de la sala de juzgamiento del caso Sinohydro fue hecho por Alarcón a inicios de este mes de agosto y es parte del expediente digital del caso.
El 10 de julio pasado, luego de 31 días de audiencia de juicio, los jueces penales Cabrera, Camacho e Inga suspendieron la diligencia para ingresar a deliberar la resolución que tomarán respecto a los pedidos para que se sentencie a veinte procesados como autores y cómplices del delito de cohecho y el retiro de la acusación hecha por Fiscalía contra la investigada Priscila Burneo.
El fiscal Alarcón solicitó seis años y seis meses de reclusión mayor ordinaria, más agravantes, para los acusados como autores directos del delito de cohecho: el exvicepresidente Lenín Moreno; su amigo personal, el empresario Conto Patiño; el exembajador de China en Ecuador, Cai Runguo; los ecuatorianos Luciano Cepeda, ex gerente técnico y ex gerente general de Coca Sinclair EP, y Henry Galarza, ex gerente general de Coca Sinclair EP; y los ciudadanos chinos Yan Huiju, ex apoderado general y exrepresentante de Sinohydro Corporation en Ecuador, y Song Dongsheng, como ex representante legal de Sinohydro.
A decir de Alarcón, a los siete autores directos se les debe imponer la pena de seis años y seis meses de prisión de conformidad con la norma vigente y se debe tomar en cuenta la agravante contemplada en el artículo 30, numeral 4, del Código Penal anterior, vigente en el momento de los hechos, y las agravantes de los artículos 44, 47, numeral 5, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) actual.
Mientras que hizo una precisión en cuanto a la pena de cárcel solicitada para los ubicados como cómplices: la esposa, la hija, dos hermanos y una cuñada de Lenín Moreno: Rocío González, Irina Moreno González, Guillermo y Edwin Moreno Garcés y Martha González, respectivamente; personas del entorno cercano a Conto Patiño: sus hijos Juan Carlos, Patricia, Manuel y María Auxiliadora Patiño y su yerno Xavier Macías; los exabogados de Conto Patiño: Eduardo Carmigniani y Carlos Almeida; y María Augusta Baquero, esposa del coprocesado Luciano Cepeda.
Respecto a ellos, Alarcón especificó que lo que la Fiscalía ha solicitado es que sean declarados cómplices de delito de cohecho, de conformidad con lo previsto en el artículo 43 del COIP, con la pena y agravante que corresponde. El fiscal general encargado explicó que cuando la Fiscalía formuló su petición cognitiva lo hizo en estricto apego al principio de legalidad, individualizando la pena concreta correspondiente a cada grado de participación.
En ese contexto, dijo, la pena prevista para el autor del delito constituye el parámetro normativo de referencia para determinar la sanción aplicable al cómplice, tal como expresamente lo establece tanto el Código Penal vigente en el momento de los hechos como el COIP.
En el artículo 47 del Código Penal vigente en el momento de los hechos investigados se dispone que los cómplices se sabrán reprimidos con la mitad de la pena que se hubiera impuesto al autor. Por su parte, el artículo 48 del COIP establece que la pena del cómplice será de un tercio hasta la mitad de la pena correspondiente del autor. En consecuencia, anotó la Fiscalía, la institución fue clara al fijar su pretensión de pena sobre la base de los presupuestos normativos previstos en ambas legislaciones.
“La solicitud de imposición de pena formulada respecto de los cómplices guarda plena correspondencia con la pena requerida para los autores, observando estrictamente los parámetros legales aplicables y respetando el principio de proporcionalidad, razón por la cual se solicitó al tribunal la imposición de la pena justa para cada uno de los procesados, atendiendo el grado de participación acreditada durante el juicio”, cerró el fiscal general encargado.
La trama de sobornos investigada en el caso Sinohydro habría ocurrido entre los años 2009 y 2018 en el proceso de contratación de la empresa china Sinohydro para la construcción del proyecto hidroeléctrico Coca Codo Sinclair.
La teoría de Fiscalía señala que la empresa pública Sinohydro entregó a modo de sobornos más de $ 76 millones, de los cuales algo más de $ 1 millón llegó al grupo del expresidente Moreno y $ 58,8 millones a cuentas “personales, corporativas y de compañías” relacionadas con Conto Patiño, sus familiares y los abogados en libre ejercicio Eduardo Carmigniani y Carlos Almeida. Las coimas aparentemente habrían sido entregadas por actos que facilitaron que la china Sinohydro se quedara con el contrato de construcción de la megaobra del periodo del correísmo.
Según Alarcón, altos funcionarios públicos, como el hoy exvicepresidente Lenín Moreno, aprovechando su posición, intervinieron de manera directa para viabilizar decisiones clave, particularmente en la adjudicación y financiamiento del proyecto hidroeléctrico Coca Codo Sinclair, configurando una contraprestación indebida materializada en beneficios económicos, personales y familiares. En audiencia el fiscal presentó lo que para él significaba la prueba necesaria para demostrar la intervención de cada uno de los sospechosos en el hecho ilícito acusado.
Fuente: El Universo
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