Paridad y cuota juvenil: los requisitos para que partidos no queden fuera de las seccionales de noviembre

Los partidos y movimientos políticos disponen de quince días para inscribir a sus candidatos para las elecciones seccionales del 29 de noviembre. Las listas deberán cumplir con los requisitos de paridad —50 % de mujeres— y de inclusión juvenil —25 % de jóvenes encabezando listas— para evitar quedar fuera del proceso.

Luego de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) convocó este sábado a sufragar, se abrió el periodo de inscripción de candidatos que va del 2 de agosto hasta las 18:00 del 17 de agosto cuando se cerrará el Sistema Informático de Inscripción de Candidaturas.

En promedio, por el tipo de elección, se proyecta el registro de más de 60.000 candidatos para las 5.742 vacantes de los gobiernos locales.

El CNE creó un simulador de inscripciones para las elecciones seccionales 2027. Foto: Cortesia
El CNE creó un simulador de inscripciones para las elecciones seccionales 2027. Foto: Cortesia 
En esta etapa, además de la definición de acuerdos políticos, los representantes de los partidos y movimientos deben preparar la documentación de sus cuadros y los requisitos de paridad de género y juventud. De lo contrario, podrían quedar fuera del proceso.

La importancia de estos requisitos se debe a que hay dos causales por las que se puede rechazar una lista de forma definitiva: por no provenir de elecciones primarias en el interior de su militancia; y, cuando incumplan con las reglas de paridad e intergeneracional.

Es así como en la etapa de democracia interna, el CNE implementó una plataforma de simulación a la que accedieron 9.100 personas

Con ello, los sujetos políticos pueden verificar que sus listas cumplan con las reglas. Para las prefecturas, los partidos deben tener el 50 % de mujeres encabezando la nónima a nivel nacional.

En las alcaldías, del total provincial, el 50 % serán mujeres.

Para las concejalías, el 50 % del total de listas a nivel provincial; y, en las juntas parroquiales, se valorará a nivel cantonal el 50 % de mujeres.

Para el requisito de juventud, la circunscripción por la que participa, el 25 % serán mujeres u hombres de entre 18 y 29 años.

En el aspecto formal, los candidatos no tienen permitido usar apodos, ni nombres que incluyan copias de cédula y deben presentar su hoja de vida y una fotografía con fondo blanco tamaño carné.

Otro de los requisitos a cumplir es el de la pertenencia, que puede acreditarse por el lugar en el que nació el aspirante y que se verificará con la información de la cédula de identidad.

Otro mecanismo de confirmación es el de haber vivido ininterrumpidamente en la jurisdicción a la que se quiere representar en los dos últimos años, antes de la inscripción.

Para demostrarlo, los candidatos deberán constar en el registro electoral de las últimas elecciones; y, que el tiempo de residencia esté certificado en la declaración juramentada, cuya presentación es obligatoria.

¿Quiénes están prohibidos de postularse?
El Código de la Democracia y el reglamento de inscripción, contempla 16 prohibiciones en las que los aspirantes no deben incurrir, entre las que están, tener contratos con el Estado como personas naturales o como representantes o apoderados de personas jurídicas.

Tener sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos de peculado, enriquecimiento ilícito, concusión, cohecho, tráfico de influencias, oferta de realizar tráfico de influencias y testaferrismo; así como lavado de activos, asociación ilícita y delincuencia organizada relacionados con actos de corrupción.

Deber pensiones alimenticias, ser miembro de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en servicio activo; quienes tengan bienes o capitales, de cualquier naturaleza, en paraísos fiscales.

Estarán impedidos de postular quienes no presenten la declaración juramentada, y, entre otros, aquellas personas que no hayan sido electas en procesos de democracia interna.

Como parte de este proceso, los representantes de las organizaciones políticas deben llenar un formulario específico del Consejo Nacional Electoral, que debe contar con las firmas del procurador común, de los candidatos principales y suplentes; del jefe de campaña; del responsable del manejo económico; y, del contador público autorizado, quienes asumirán la responsabilidad por la información contenida.

Una vez presentadas las postulaciones y antes de calificarlas, se las remitirá a las organizaciones políticas y sus alianzas para que objeten de conocer que los aspirantes incumplen requisitos.

Luego de ello, se abrirán plazos para que los objetados respondan y el CNE resuelva. La última decisión la tendrá el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), a donde pueden recurrir los sujetos políticos.

En el momento en el que las listas estén calificadas, incluso con sentencia del TCE, de ser el caso, las candidaturas serán irrenunciables.

Fuente: El Universo

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