Estos los requisitos, prohibiciones y obstáculos que deberán superar los futuros candidatos para las elecciones seccionales

Con miras a los comicios del 29 de noviembre de 2026, el Consejo Nacional Electoral (CNE) socializó los filtros técnicos y legales que deberán superar quienes aspiren a ocupar cargos en prefecturas, alcaldías, concejalías y juntas parroquiales.

El proceso de inscripción de candidaturas, que se llevará a cabo del 2 al 17 de agosto, exige el cumplimiento estricto de normativas que van desde la edad mínima hasta la ausencia de contratos con el Estado. Ahora, tanto en el Consejo Consultivo Nacional de Organizaciones Políticas, celebrado este 23 de julio de 2026, como en el reglamento para la inscripción de candidaturas, el CNE detalló los requisitos, prohibiciones e inhabilidades que regirán el proceso electoral.

Radio Pichincha te explica cada detalle:

Requisitos y reglas de pertenencia

El primer requisito es que el aspirante tenga al menos 18 años de edad al momento de su inscripción. En cuanto a la formalidad del registro, el nombre y apellido del precandidato no podrá exceder los 30 caracteres. Además, la normativa prohíbe estrictamente el uso de apodos, seudónimos, sobrenombres o iniciales para la identificación de los postulantes en la papeleta.

Para completar el expediente digital, las organizaciones políticas deben cargar en el sistema una fotografía sin accesorios (salvo atuendos tradicionales), copia de la cédula, hoja de vida, un plan de trabajo detallado y una declaración juramentada única.

Otro aspecto técnico es que los formularios de inscripción deben contar con firmas electrónicas o manuscritas, pero el sistema no permite bajo ninguna circunstancia la mezcla de ambas modalidades.

Asimismo, uno de los pilares de la postulación es demostrar el vínculo real del candidato con la jurisdicción que pretende representar. El Código de la Democracia establece dos formas de convalidar esta pertenencia:

  • Por nacimiento: se verifica directamente con la información consignada en la cédula de identidad del aspirante.
  • Por residencia: para acreditar este vínculo, el candidato debe cumplir obligatoriamente con dos condiciones: constar en el último registro electoral (correspondiente a la consulta popular de 2025) y especificar en su declaración juramentada el tiempo exacto de permanencia en dicha jurisdicción.

De igual modo, es un requisito de carácter insubsanable que todos los candidatos provengan de procesos de democracia interna (primarias) validados por el organismo electoral. Adicional, el proceso de inscripción solo se considerará válido si se respetan los porcentajes de inclusión:

  • Las listas deben estar encabezadas en un 50% por mujeres y contar con un 25% de participación de jóvenes (personas de entre 18 y 29 años).

El incumplimiento de estas reglas de paridad y secuencialidad resultará en la negativa definitiva de la candidatura.

Las prohibiciones e inhabilidades

Más allá de los requisitos de edad y pertenencia, el reglamento para la inscripción de candidaturas determina un listado de 16 prohibiciones e inhabilidades que pueden dejar fuera de la contienda a cualquier ciudadano que no las cumpla:

  1. Contratos con el Estado: no pueden postularse quienes tengan contratos vigentes con el sector público, a menos que hayan sido rescindidos legalmente antes de la inscripción.
  2. Sentencias ejecutoriadas: quedan fuera quienes tengan condenas por delitos como peculado, enriquecimiento ilícito, concusión, cohecho, lavado de activos o delincuencia organizada.
  3. Pensiones alimenticias: no podrán registrarse quienes adeuden cuotas de alimentos.
  4. Funcionarios de la Función Electoral y Judicial: jueces o miembros del CNE y el TCE deben haber renunciado seis meses antes.
  5. Servicio exterior: funcionarios diplomáticos activos deben renunciar con seis meses de antelación.
  6. Servidores públicos: los de libre nombramiento o periodo fijo deben renunciar hasta un día antes de la inscripción.
  7. Gobiernos de facto: haber ejercido autoridad ejecutiva en estos regímenes es una prohibición.
  8. Fuerza pública: miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo no pueden ser candidatos.
  9. Paraísos fiscales: poseer bienes o capitales en estas jurisdicciones es impedimento legal.
  10. Declaración juramentada: la falta de este documento en el formato oficial del CNE invalida la postulación.
  11. Pena privativa de libertad: tener una sentencia ejecutoriada vigente con prisión.
  12. Interdicción judicial: personas con interdicción vigente, salvo casos de insolvencia no fraudulenta.
  13. Doble afiliación: pertenecer a un movimiento distinto al que auspicia la candidatura, salvo renuncia previa de 90 días.
  14. Renuncia de autoridades actuales: quienes ocupen cargos de elección popular y busquen uno distinto deben renunciar antes de inscribirse.
  15. Reelección limitada: no pueden postularse quienes ya hayan sido reelegidos por una vez para el mismo cargo.
  16. Primarias y aceptación: quienes no hayan sido elegidos internamente o no hayan aceptado su postulación ante el CNE.

Las Juntas Provinciales Electorales serán las encargadas de revisar minuciosamente que cada expediente cumpla con estos requisitos de forma y fondo para asegurar la transparencia del proceso hacia 2027.

Preocupaciones de las organizaciones sociales

Las organizaciones políticas expresaron preocupación en el Consejo Consultivo por algunas limitaciones del sistema de inscripción del CNE. Entre ellas, señalaron que, si la primera candidatura registrada corresponde a un hombre, la siguiente debe ser obligatoriamente de una mujer. De lo contrario, la plataforma impide continuar con el proceso, en aplicación de los criterios de paridad de género.

Por ejemplo, Juan Fernando Flores, representante de CREO, denunció esa obligación de registrar candidatos siguiendo una secuencia estricta de hombre-mujer. Flores argumentó que la ley no faculta al CNE para obligar a las organizaciones a inscribir a sus cuadros en un orden específico ni en un solo día.

En esta misma línea, Javier Orti, del partido Avanza, elevó una moción para que el sistema se “desbloquee”, permitiendo que los partidos carguen sus listas en el orden que deseen y que el cumplimiento de las cuotas de género y jóvenes se valide únicamente al cierre del plazo, el 17 de agosto.

En otro tema, el mismo Orti solicitó que el CNE ratifique la validez de las declaraciones juramentadas colectivas, señalando que el costo individual de estos documentos es “oneroso” para los candidatos de menores recursos.

Finalmente, la preocupación por el cálculo de incentivos en las alianzas fue expuesta por Gustavo Larrea (Movimiento Futuro). Larrea cuestionó cómo el sistema garantizará que los candidatos de una organización no sean rechazados si sus cuotas de género o jóvenes están cubiertas dentro de una alianza, pero el sistema no reconoce ese nexo al momento de la inscripción.

Radio Pichincha

COMPARTIR ESTA NOTICIA

Facebook
Twitter

FACEBOOK