Este es el máximo sueldo que puedes recibir al jubilarte por el IESS en Ecuador

Tras largos años de trabajo, cuando una persona cumple la edad o el tiempo de aportación necesario puede optar por jubilarse, por lo cual tendrá la oportunidad de recibir una pensión mensual de por vida. Esto es factible para quienes tengan una afiliación con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

La base del cálculo de la pensión al jubilarse es igual al promedio de los cinco años de mejores sueldos sobre los cuales se aportó. Para el cómputo se multiplica por el coeficiente anual de años aportados o cotizados.

La pensión jubilar se otorga desde el primer día del mes siguiente en el que el asegurado cesó en el o los empleos. Dentro de los requisitos que se deben cumplir para generar la solicitud está el de no tener préstamos en mora con la institución, así como calificar con un mínimo de edad y servicio como son:

  • 60 años de edad y 30 años de aportación.
  • 65 años de edad y 15 años de aportación.
  • 70 de edad y 10 años de aportación.
  • 40 años de aportación sin requerimientos mínimos de edad.

En la resolución C.D. 300 del IESS se estableció el pago mínimo y máximo que tendrán los aportantes que van de acuerdo con el salario básico vigente. En el 2024, la remuneración básica unificada pasó a 460 dólares.

Pensiones máximas del IESS para el 2024

Rangos de años aportados Porcentaje del SBU Pensión máxima 2024
10-14 años 250% $ 1.150
15-19 años 300% $ 1.380
20-24 años 350% $ 1.610
25-29 años 400% $ 1.840
30-34 años 450% $ 2.070
35-39 años 500% $ 2.300
40 años o más 550% $ 2.530

Paso a paso para jubilarse

El afiliado deberá solicitar su jubilación a través de la página web del IESS, en la sección TRÁMITES VIRTUALES- ASEGURADOS-PENSIONISTA-JUBILACIÓN, con el número de cédula de ciudadanía y su clave del IESS.

De acuerdo al IESS, la aprobación de la solicitud es en dos minutos, y el depósito se realizará de manera automática en la cuenta bancaria registrada, en aproximadamente 15 días.

Requisitos para jubilarse

  • Cumplir con la edad y el tiempo de servicio requerido
  • Estar cesante con todos los empleadores y registrar el aviso de salida
  • No estar en mora con el IESS, como empleador
  • Los aportes del mes que cesó deben estar pagados antes del 15 del siguiente mes
  • Cuenta bancaria activa y personal, registrada en el Sistema de Historia Laboral. (I)

Fuente: El Unuverso

COMPARTIR ESTA NOTICIA

Facebook
Twitter

FACEBOOK

TWITTER