La Defensoría del Pueblo presentó este 15 de junio de 2026 ante la Comisión de Seguridad Integral de la Asamblea Nacional un paquete de seis observaciones críticas al proyecto de Ley Antimafias (presentada por Mishel Mancheno, de ADN), alertando sobre posibles vulneraciones a la seguridad jurídica y a los principios constitucionales.
Rodrigo Varela, delegado de la institución, enfatizó que toda respuesta estatal frente al crimen organizado debe ser firme, pero sostenible dentro del marco constitucional para evitar futuras impugnaciones.
Las alertas a la Ley Antimafias
La primera alerta de la Defensoría se centra en la naturaleza jurídica de la propuesta. Al tratarse de una reforma a varios cuerpos legales existentes —como el COIP, la Ley de Extinción de Dominio y el Código de la Función Judicial— y no de una normativa autónoma, la institución sugirió cambiar el título a:
Según Varela, este ajuste es necesario para evitar confusiones y delimitar con precisión el alcance de la reforma.
Otra de las alertas más importantes se refiere a la creación de figuras penales autónomas que podrían generar dispersión punitiva y dificultades en su aplicación judicial. La Defensoría instó a analizar si es necesario tipificar delitos independientes o si sería más adecuado incorporarlos como agravantes de tipos penales ya existentes. Además, la institución indicó las siguientes alertas:
- Reclutamiento: propusieron que, en lugar de un delito nuevo, se incorpore una agravante específica dentro del delito de delincuencia organizada cuando se capte o instrumentalice a menores o personas en situación de extrema vulnerabilidad.
- Pertenencia funcional: la institución recomendó revisar la incorporación de este delito autónomo, argumentando que los artículos 369 (delincuencia organizada) y 370 (asociación ilícita) del COIP ya sancionan la participación y colaboración criminal. Según la alerta, una nueva figura podría causar confusión normativa.
- Uso o puesta a disposición de infraestruclura para organizaciones: sugirieron que, si se decide reforzar esta sanción, se haga mediante una agravante que exija un “conocimiento comprobado” del destino ilícito de los bienes. Esto evitaría criminalizar a terceros que actuaron sin conocimiento o bajo amenaza de las mafias.
De igual modo, la Defensoría también alertó sobre la necesidad de que el incremento de las penas supere análisis de idoneidad, necesidad y proporcionalidad estricta, asegurando que la respuesta penal sea coherente con el texto constitucional.
Respecto a las reformas a la Ley de Extinción de Dominio, la institución reconoció la importancia de la persecución patrimonial, pero advirtió que es imperativo incluir salvaguardas para terceros de buena fe. Según la entidad, la ley debe garantizar que personas que actuaron bajo coacción, extorsión o amenaza debidamente comprobada no vean afectados sus derechos de propiedad de forma indebida.
Finalmente, la Defensoría recomendó simplificar y economizar el lenguaje de la norma para asegurar que los tipos penales sean claros, taxativos y previsibles. Varela advirtió que el rigor jurídico requiere redactar normas comprensibles que faciliten el trabajo de jueces y fiscales, evitando interpretaciones subjetivas que debiliten la eficacia de la ley.
Antecedentes de la Fiscalía
Estas observaciones se suman a las alertas emitidas días atrás por la Fiscalía General del Estado, cuyas delegadas afirmaron ante la misma Comisión que el endurecimiento de penas por sí solo no disuade la conducta delictiva y carece de sustento técnico-jurídico en varios artículos.
La Fiscalía puso como ejemplo la paralización de servicios de combustibles, cuya pena propuesta de hasta 10 años equipara este delito a infracciones de extrema gravedad como la tortura o la desaparición involuntaria. Asimismo, advirtieron que la “motivación reforzada” exigida a los jueces podría generar tensiones con el principio de independencia judicial.
Radio Pichincha
LV