Por incumplimientos y anomalías, el pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) resolvió por unanimidad declarar la nulidad insanable total del concurso público para la selección y designación de jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), proceso que se inició en julio del 2023 y debía culminar en febrero del 2024.
La decisión del pleno de la Judicatura se tomó la tarde del jueves 18 de enero, en una sesión extraordinaria, y se sustentó en informes técnicos.
Las anomalías fueron identificadas en varias etapas del proceso. En la fase de convocatoria, por ejemplo, no se incluyó criterio de especialidad para la selección y designación de jueces; no se identificaron requisitos o criterios mediante los cuales se valore o compruebe el criterio de probidad de la profesión; no se advierten mecanismos que aseguren la participación igualitaria de hombres y mujeres, así como de otros grupos; además, el concurso tenía como fin llenar siete vacancias, pero la Judicatura -con los votos de Wilman Terán y Xavier Muñoz- amplió los periodos de cuatro jueces, que debían ser reemplazados.
Así se concluyó que el concurso se convocó “sin que se justifique si se cumpliría o no con el principio de especialidad”. Esto afectaría a la conformación de las diferentes salas de la Corte Nacional de Justicia, según el informe técnico.
Respecto de la ampliación de periodos de los jueces, se determinó que “se advierte la incoherencia de las decisiones adoptadas por Wilman Terán (entonces presidente de la Judicatura) y Xavier Muñoz (vocal)”.
En la fase de postulación se encontró que cuatro postulantes pudieron remitir sus datos y documentos minutos después de la hora de cierre de la plataforma digital del concurso. Esto fue aprobado y dispuesto por el director general.
Los tribunales de reconsideración no son de elección libre y no existe normativa que regule la forma de su selección, ni se evidencian los parámetros empleados para la selección de miembros de los tribunales.
En la fase de méritos no se advierte que las autoridades hayan realizado esfuerzos adicionales a la sola emisión de las invitaciones por la conformación de los comités externos. No hubo parámetros para determinar el carácter que se destaca o logro alcanzado como doctores o profesionales de derecho que debían conformar el comité.
La rúbrica e informe del comité de expertos no fueron publicados para la ciudadanía y los postulantes no conocieron si la comisión de calificación acogió o se separó de los criterios de la rúbrica. Un postulante solicitó la recalificación y recibió una mejor nota, algo que no estaba previsto.
No se detectaron inconvenientes en la etapa de la prueba psicológica. Pero sí en la fase de pruebas de confianza; se halló que no hubo perfil para determinar si un candidato supera o no dicha prueba, entre otros aspectos.
Se inobservó la resolución 101 del 2023 al convocar a un segundo examen de confianza, que no estaba previsto.
Esas fueron algunas de las anomalías que sustentaron la declaratoria de nulidad total del concurso de selección de jueces.
El pleno del organismo dispuso un plazo de 20 días para que la Dirección de Talento Humano presente los instrumentos normativos para la realización de un nuevo concurso.
La resolución se adoptó luego que a mediados de diciembre la jueza Patricia Segarra acogió una acción de protección presentada por Paúl Ocaña Merino, presidente del Colegio de Abogados de Pichincha y de la Federación Nacional de Abogados, en contra del concurso, alegando la existencia de irregularidades.
La jueza Segarra dispuso la suspensión del concurso, hasta que el pleno de la Judicatura decida sobre lo actuado y los reclamos de los aspirantes a jueces. (I)