La eliminación de la Tasa de Servicio Aduanero (TSA) para los productos colombianos parecía marcar el final de una de las mayores tensiones comerciales entre Ecuador y Colombia de los últimos años. Sin embargo, el cierre de ese capítulo abrió otro conflicto, esta vez con implicaciones jurídicas y fiscales que podrían costarle al Estado más de USD 200 millones.
La controversia gira alrededor de la Resolución 2582 de la Secretaría General de la Comunidad Andina (CAN), emitida el 7 de mayo de 2026, que declaró ilegal el cobro aplicado por Ecuador a las importaciones colombianas.
El organismo concluyó que la medida constituía un gravamen incompatible con el Programa de Liberación del Acuerdo de Cartagena, que garantiza el libre comercio entre los países miembros del bloque.
La CAN otorgó a Ecuador un plazo de diez días hábiles para retirar la medida. Sin embargo, el Gobierno decidió mantenerla vigente mientras presentaba recursos legales para impugnar la decisión. Paradójicamente, pocos días antes de las elecciones presidenciales en Colombia, el presidente Daniel Noboa anunció que el arancel sería eliminado a partir del 1 de junio.
La tasa desapareció, pero el debate de fondo sigue abierto: ¿Qué ocurrirá con los aproximadamente USD 201,5 millones que el Estado recaudó durante los cuatro meses que estuvo vigente?
Una resolución que puede convertirse en una factura
Para Francisco Llanes, especialista en derecho supranacional, las resoluciones de la Comunidad Andina tienen aplicación directa e inmediata dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano, sin necesidad de que el Senae o el Comex emitan nuevas normas para hacerlas efectivas.
En la práctica, esto significa que los importadores que pagaron la tasa ya cuentan con un sustento legal para exigir la devolución de esos recursos, argumentando que se trató de un arancel encubierto aplicado de manera unilateral.
Si esa interpretación prevalece en los tribunales, el ingreso extraordinario que hoy exhibe el Estado podría transformarse en una obligación millonaria, incrementada además por los intereses que se acumulen mientras el dinero no sea reintegrado.
Los especialistas coinciden en que el procedimiento comienza con una solicitud de devolución por pago indebido ante el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae).
Lo más probable, sostienen, es que la entidad rechace el pedido, tal como ocurrió en un caso similar en 2017. Sin embargo, esa negativa no cierra el proceso, sino que habilita al importador para acudir al Tribunal Contencioso Tributario.
En esa etapa, el juez puede solicitar una interpretación prejudicial al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA), cuyo pronunciamiento tiene carácter vinculante para todos los jueces nacionales.
El abogado tributario, Andrés Cevallos, considera que los afectados deberían iniciar el trámite cuanto antes.
La experiencia de 2017 juega en contra del Estado
El actual escenario tiene un antecedente directo. En 2017, Ecuador también impuso una tasa a las importaciones colombianas que posteriormente fue declarada incompatible con la normativa andina.
En aquel momento, el Senae defendió que las devoluciones debían realizarse únicamente desde la fecha en que la CAN emitió su resolución. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina rechazó esa tesis y estableció que el cobro era ilegal desde el momento mismo en que comenzó a aplicarse.
Ese precedente amplía ahora el período sobre el cual podrían reclamarse devoluciones, pues la jurisprudencia considera que una medida contraria al derecho comunitario nace viciada desde su origen.
Además, expertos recuerdan que el artículo 80 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones establece que una tasa debe guardar relación con el costo del servicio que financia.
Para los juristas, resulta difícil justificar técnicamente que un mismo cobro haya escalado del 30% al 50% y posteriormente al 100% en apenas unos meses.
El Gobierno cierra la puerta a las devoluciones
Pese a ese panorama jurídico, el Ejecutivo sostiene una postura completamente distinta.
El pasado 2 de junio, el ministro de Producción, Comercio Exterior e Inversiones, Luis Alberto Jaramillo, afirmó que el Estado no contempla devolver los recursos recaudados.
Según el funcionario, el dinero fue destinado a financiar acciones de seguridad nacional, precisamente el argumento utilizado por el Gobierno para justificar la creación de la tasa.
Además, confirmó que Ecuador mantendrá los recursos legales interpuestos ante la Comunidad Andina, a pesar de haber eliminado el cobro desde el 1 de junio.
Una disputa que sigue creciendo
Los datos oficiales del SRI muestran que la medida representó una importante fuente de ingresos para las finanzas públicas. Entre febrero y mayo de 2026, la TSA generó alrededor de USD 201,5 millones.
La recaudación fue aumentando progresivamente: USD 18,1 millones en febrero, USD 27,9 millones en marzo, USD 75,4 millones en abril y cerca de USD 80 millones en mayo.
Pero el costo económico de la disputa no se limitó a las arcas estatales. Según cifras del propio Ministerio de Producción, las exportaciones ecuatorianas hacia Colombia disminuyeron alrededor del 20%, mientras que las importaciones desde ese país cayeron cerca del 40%.
Aunque el Gobierno sostiene que el abastecimiento interno no se vio afectado de manera significativa, el intercambio comercial bilateral sufrió uno de sus mayores retrocesos de los últimos años.
Los recursos legales no suspenden la obligación
Ecuador y Colombia presentaron recursos de reconsideración ante la Secretaría General de la CAN y acciones de nulidad ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina.
Sin embargo, el artículo 41 de la Decisión 425 de la Comisión de la CAN establece que la presentación de esos recursos no suspende la ejecución de las resoluciones impugnadas.
De hecho, la propia Comunidad Andina ya negó el pedido ecuatoriano para frenar temporalmente los efectos de la Resolución 2582.
Mientras el Gobierno insiste en defender los recursos obtenidos, los especialistas advierten que la discusión apenas comienza. Lo que hoy figura como una victoria fiscal de corto plazo podría convertirse en una pesada contingencia para el Estado ecuatoriano.
Radio Pichincha
LV