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En estados de excepción, el mandatario puede enviar a la Asamblea más de un proyecto de ley urgente

El artículo 140 de la Constitución de Montecristi señala que el presidente de la República podrá enviar a la Asamblea Nacional proyectos de ley calificados de urgencia en materia económica. Y esta debe aprobarlos, modificarlos o negarlos dentro de un plazo máximo de 30 días a partir de su recepción. Mientras se discuta un proyecto calificado de urgente, el mandatario no podrá enviar otro, salvo que se haya decretado el estado de excepción, agrega la norma.

Esto último es lo que ha hecho el presidente Daniel Noboa en los últimos días.

Así, en la medianoche del pasado jueves 11 de enero del 2024, Noboa envió el proyecto de Ley Orgánica para Enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica en el que propone el incremento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 12 % al 15 % para financiar tanto los gastos que se deriven del combate a la delincuencia organizada y al narcotráfico, y a la crisis fiscal.

Y la noche del lunes 15 de enero del 2024, o sea cuatro días despúes, el presidente mandó el proyecto de Ley Orgánica de Urgencia Económica para la Recuperación de activos de origen ilícitos y transparencia en la contratación pública en el cual se modifican las reglas para declarar la extinción de dominio de los bienes malhabidos y entregar armas decomisadas a las Fuerzas Armadas.

El jefe de Estado decretó el Estado de excepción en todo el territorio nacional el pasado lunes 8 de enero del 2024 tras una serie de hechos violentos y ataques pepetrados por grupos delincuenciales. Al día siguiente, declaró a 22 bandas criminales como terroristas y grupos beligerantes no estatales, y dispuso que las Fuerzas Armadas los neutralicen en el marco del Derecho Humanitario Internacional.

Adicionalmente, Noboa ofreció durante la campaña presidencial del año pasado que remitiría a la Asamblea una ley urgente todos los meses “para que trabajen”. Además, de las dos ya mencionadas, envió otras dos: la Ley de Eficiencia Económica y de Generación de Empleo, y la de Competitividad Energética, que ya fueron aprobadas y están en plena vigencia. (I)

Fuente: El Universo

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