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Corte Constitucional ratifica el reglamento para la designación del nuevo Fiscal General; el concurso sigue en firme

La Corte Constitucional (CC) del Ecuador desestimó una acción de inconstitucionalidad que buscaba frenar el proceso de selección de la máxima autoridad de la Fiscalía General del Estado. Con este fallo, el tribunal dejó en pie el reglamento vigente, permitiendo que el concurso de méritos y oposición continúe sin contratiempos legales bajo las reglas establecidas por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs).

¿Cuál fue la demanda desestimada?

La demanda había sido impulsada por el asambleísta de la Revolución Ciudadana, Luis Fernando Molina, quien impugnó una reforma técnica al reglamento.

El punto central del pedido era la eliminación de una prohibición que impedía postularse a abogados que hubieran ejercido la defensa técnica de personas vinculadas a estructuras criminales o delitos graves, como narcotráfico y terrorismo, en la última década. Según los accionantes, este cambio vulneraba el principio constitucional de probidad notoria exigido para el cargo y afectaba la seguridad jurídica del proceso.

Tras el análisis, el Pleno de la Corte determinó, con seis votos a favor, que no existió una vulneración a la seguridad jurídica. El tribunal argumentó que la reforma se publicó el 2 de julio de 2025, mientras que el concurso inició formalmente el 12 de febrero de 2026. Es decir, 225 días después de los cambios. Por lo tanto, al momento de la modificación no existían postulantes ni una comisión ciudadana posesionada que pudiera verse afectada por un cambio de reglas de último minuto.

Sobre la ética de los postulantes, la sentencia 29-26-IN/26 estableció con claridad que el ejercicio de la defensa técnica de cualquier procesado es una función legítima y necesaria en un Estado de derechos. La Corte enfatizó que haber defendido a personas acusadas de delitos graves no “contamina” éticamente al abogado ni quiebra automáticamente su probidad. Sostener lo contrario, según el fallo, equivaldría a sancionar el derecho a la defensa y la presunción de inocencia.

Garantías de probidad

De hecho, la Corte concluyó que el reglamento actual mantiene filtros suficientes para asegurar que la elección del próximo Fiscal General. Entre estos mecanismos destacan la prohibición de tener sentencias condenatorias, el análisis de antecedentes disciplinarios y, de manera fundamental, la fase de impugnación ciudadana, donde cualquier persona puede presentar objeciones documentadas sobre la trayectoria de un aspirante.

Con esta resolución, el camino queda despejado para que el Cpccs avance en las etapas de selección.

Radio Pichincha

 

 

LV

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