Las defensas de las partes procesales en el caso Sinohydro, acusadas del presunto delito de cohecho, plantean a la Fiscalía que demuestre la existencia de una ruta financiera que evidencie si hubo flujos de dinero desde la empresa Recorsa, vinculada a Conto Patiño, hacia funcionarios públicos, ya que solo en ese supuesto podría configurarse el delito de cohecho.
Piden demostrar existencia de pagos a funcionarios
Esto ocurre en el marco de la audiencia de juicio contra 21 personas procesadas, entre ellas el expresidente Lenín Moreno, su círculo familiar, su amigo Conto Patiño, así como funcionarios públicos, diplomáticos chinos y representantes de la empresa Sinohydro, instancia en la que la Fiscalía continúa con la presentación de sus pruebas.
En ese contexto, el abogado Felipe Rodríguez, defensa de Priscila Burneo, entrevistado por el medio digital Only Panas, sostiene que para configurar el delito de cohecho es indispensable demostrar la existencia de pagos directos a funcionarios públicos.
Según su criterio, no basta con la existencia de contratos o relaciones entre empresas privadas, sino que debe acreditarse un nexo económico directo con servidores del Estado, elemento que -afirma- aún no ha sido probado en el juicio.
Cuestionan presentación de transcripciones
Rodríguez también cuestiona la forma en que la Fiscalía intenta incorporar ciertos elementos al proceso, señalando que lo difundido en medios de comunicación no constituye prueba dentro de un juicio.
Añade que no es posible introducir transcripciones de versiones previas sin la comparecencia de los testigos en audiencia, ya que esto vulneraría las reglas del procedimiento penal.
El abogado sostiene además que los informes policiales basados en noticias o reportes de prensa no tienen valor probatorio.
En esa línea, insiste en que toda declaración debe ser rendida directamente en juicio bajo juramento para tener validez legal, y afirma que hasta el momento la Fiscalía no ha presentado evidencia contundente contra su defendida.
Rodríguez enfatiza que el punto central del proceso es demostrar una ruta financiera completa desde Recorsa hasta el entorno del expresidente Lenín Moreno.
¿En dónde se configura el delito?
A su criterio, sin esa trazabilidad económica directa no puede configurarse el delito investigado, y la existencia de contratos o comisiones entre empresas privadas no constituye por sí misma un hecho ilícito.
En ese sentido, señala que el delito de cohecho únicamente podría configurarse si se prueba que los recursos terminaron en manos de funcionarios públicos, y no únicamente en transacciones entre actores privados. Añade que la Fiscalía debe acreditar el uso indebido de esos fondos dentro del aparato estatal para sustentar su acusación.
Por su parte, la abogada Gladys Terán, defensa de Song Dongsheng, exrepresentante de Sinohydro, destaca la diferencia entre Sinohydro Corporation China y Sinohydro Ecuador, al tratarse de entidades jurídicas distintas dentro del proceso. Señala que esta distinción resulta clave para delimitar responsabilidades en el caso.
Terán sostiene además que su cliente, el ciudadano chino Song Dongsheng, no tiene relación con los hechos investigados. Afirma que su participación entre 2009 y 2013 se limitó a funciones de representación de la empresa en Ecuador y a la firma del contrato del proyecto Coca Codo Sinclair.
Asimismo, la defensa indica que no existen elementos probatorios que vinculen a su cliente con presuntos pagos irregulares o acuerdos de comisiones, y que hasta el momento no se ha presentado evidencia que lo relacione directamente con el delito de cohecho que investiga la Fiscalía.
- Radio Pichincha
LV