El país lleva cuatro días en estado de excepción, una medida a la que los ecuatorianos están acostumbrados. Sin embargo, la novedad reside en la declaratoria adicional del presidente Daniel Noboa del estado de conflicto armado interno. Como reacción a estas medidas, desde el 9 de enero de 2024, una ola de violencia y ataques terroristas, por parte de grupos criminales, ha conmocionado a la ciudadanía. Y, con la seguridad interna militarizada, el Gobierno apuesta por la ‘mano dura’ para recuperar el control. Al punto en que el Primer Mandatario retó a las bandas criminales a ser valientes y enfrentarse contra las Fuerzas Armadas.
Pero, en medio de esta conmoción, el presidente Noboa apunta a mantener, a la par, una contienda político electoral. Para ello ha remitido dos paquetes de preguntas a la Corte Constitucional: el primero para una consulta popular y el segundo añade, en parte, un referendo. Esto pone en el epicentro de las estrategias del Ejecutivo, a los jueces constitucionales, que deben pronunciarse sobre la vigencia y validez de las cuatro medidas: el estado de excepción, la declaratoria de conflicto armado interno, la consulta popular y el referendo. De la decisión de los magistrados dependerá que tanto el conflicto armado como el proceso electoral se lleven a cabo paralelamente. Es decir, las autoridades electorales podrían tener la obligación de convocar a los ecuatorianos a las urnas en medio de un estado de excepción.
Los plazos legales
La revisión y pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre los decretos ejecutivos no tiene un plazo establecido. Según los antecedentes, este análisis puede tomar entre un par de días o un par de semanas.
Los días en que los magistrados no se pronunciaban sobre las acciones del Gobierno, como sucedía durante el correísmo, quedaron atrás. Desde 2018, la Corte ha jugado un papel incluso incómodo para Carondelet. Los jueces no tuvieron reparos en echar abajo, modificar o limitar los estados de excepción decretados por Lenín Moreno y Guillermo Lasso. Lo mismo podría suceder con los decretos 110 y 111 del presidente Daniel Noboa.
Mientras tanto, los 60 días del estado de excepción y sus efectos siguen en marcha. Y si la Corte aprueba la medida, esta permanecerá vigente hasta el 13 de marzo. Con la posibilidad de que el Ejecutivo la extienda por 30 días adicionales. Lo mismo sucede con el trámite simultáneo de la propuesta de consulta popular y referendo, planteadas por el Presidente entre el 3 y 8 de enero de 2024.
La respuesta sobre el primer paquete de 11 preguntas debería entregarse hasta el 23 de enero, por los plazos legales. Pero el segundo paquete de nueve preguntas, que contiene seis enmiendas constitucionales, no tiene un plazo establecido para la primera revisión.
De juntarse las dos iniciativas, posteriormente deberán sumarse otros 20 días para una revisión de forma del decreto ejecutivo con las preguntas a consultar. Una vez superados todos los filtros, los temas que lleguen a la papeleta serían sometidos a votación hasta 75 días después. Esto porque el Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene 15 días para convocar a las elecciones y otros 60 días para ejecutarlas. Es decir, la preparación del proceso electoral podría arrancar a finales de febrero, sin importar el estado en el que se encuentre el conflicto armado interno decretado por el Gobierno. En un escenario donde los plazos legales de todos estos procesos se cumplan al máximo, los ecuatorianos podrían asistir a las urnas en las últimas semanas de abril. Pero las condiciones en las que el país se movilizaría a votar dependerán de la efectividad de las decisiones y acciones del Gobierno y de las fuerzas del orden. Ya que, el fin del marco temporal y legal del estado de excepción o de la etiqueta de conflicto armado interno, no implican necesariamente que hay finalizado la crisis de seguridad.
Fuente: Primicias