Vocales de las juntas receptoras del voto llenarán una ‘hoja padrón’ para evitar las inconsistencias numéricas en el escrutinio

Para los comicios presidenciales y legislativos anticipados de este 20 de agosto, los paquetes electorales que recibirán los miembros de las juntas receptoras del voto (JRV) contendrán una nueva acta que deberán llenar obligatoriamente: la hoja padrón.

A las 07:00 de este domingo arrancará la jornada electoral, en la que 13,4 millones de electores están convocados a elegir presidente y vicepresidente de la República, 137 integrantes de la Asamblea Nacional y pronunciarse sobre dos consultas populares, relacionadas con medioambiente.

La primera de carácter nacional, que propone dejar el petróleo del bloque 43 ubicado en el Yasuní ITT bajo tierra, y la segunda sobre la extracción de minería metálica en la Mancomunidad del Chocó Andino. Esta última regirá solo para los electores del Distrito Metropolitano de Quito.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) conformó 40.714 juntas receptoras del voto con 20.079 hombres y 20.635 mujeres, quienes después de las 17:00 cerrarán las mesas de votación e iniciarán con el escrutinio.

Previamente, deberán cumplir con un nuevo procedimiento establecido por la autoridad electoral, como es llenar esta denominada ‘hoja padrón’.

Este es un documento que tendrá el mismo formato de la carátula del padrón electoral que se entregará a cada JRV y en ella constarán el total de huellas y firmas que consten en el padrón y deberán ser ubicadas en un lugar visible dentro del espacio donde se llevará a cabo el escrutinio de las papeletas.

Esto se trata de que en esta hoja consten el total de sufragantes que se acercaron a cada junta para depositar su voto y así evitar las inconsistencias numéricas.

«El objetivo es que el número de sufragantes, el total de huellas y firmas sea el mismo en todas las actas de escrutinio de todas las dignidades de elección popular. Incluso las de las actas de la consulta popular del Yasuní ITT y del Chocó Andino. Esto ayudará a mantener un mismo número de sufragantes y evitar que tengamos diferentes valores en las actas de escrutinio», puntualizó Fernando Toledo, coordinador de Procesos Electorales en declaraciones públicas.

El vicepresidente del Consejo Electoral, Enrique Pita, también ha señalado que este mecanismo busca reducir el número de inconsistencias numéricas que se presentan al momento del escrutinio y que obligan, en algunos casos, al reconteo de votos.

Ejemplificó que en ocasiones las actas de escrutinio no reflejan el mismo número de electores en diferentes dignidades en la misma junta receptora del voto.

Por eso, el método es que al contar los votos, estos coincidan con el total de firmas y huellas.

Los resultados del conteo de votos que realicen las juntas receptoras se ingresarán al Sistema Informático de Escrutinio y Resultados (SIER) del CNE, para su publicación oficial.

Concluida la jornada electoral del domingo, el artículo 132 del Código de la Democracia contempla que las juntas provinciales electorales se instalen en sesión de escrutinio a partir de las 17:00 y a las 19:00, en el caso de la junta provincial del exterior.

El escrutinio no durará más de diez días contados desde el siguiente al que se realizaron las elecciones y solo por razones justificadas el Consejo Nacional Electoral podrá ampliar el tiempo de duración.

Por su parte, el CNE realizará el escrutinio nacional y proclamará los resultados de las elecciones para presidente y vicepresidente de la República, asambleístas nacionales, del exterior; así como de las consultas populares nacionales.

Según la norma, en su artículo 141, el Consejo se instalará en audiencia pública previo señalamiento de día y hora, no antes de tres días ni después de siete días, contados desde el que se hicieron las votaciones.

El escrutinio nacional consiste en examinar las actas levantadas por las juntas provinciales, distritales y de las circunscripciones del exterior, para verificar los resultados y corregir las inconsistencias cuando haya lugar.

Concluido el escrutinio nacional, se computará el número de votos válidos obtenidos en cada dignidad y se proclamarán los resultados definitivos de la votación.

De acuerdo con los calendarios oficiales, la proclamación de resultados de la elección de binomio presidencial está prevista a conocerse a finales de septiembre.

En el caso de la elección de los 137 integrantes de la Asamblea Nacional, se acreditará a las nuevas autoridades como ganadoras el 26 de octubre, una vez que se hayan tramitado los recursos de objeción, impugnación y apelación a los resultados numéricos y adjudicación de escaños.

En el caso de la consulta popular del Yasuní y del Chocó Andino, que también se votarán este domingo, la planificación del Consejo Nacional Electoral es que el 4 de octubre se promulguen los resultados oficiales, una vez sustanciados los recursos que presenten los sujetos políticos, tanto en sede administrativa como judicial. (I)

Fuente: El Universo

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