El fallo de la jueza Viviana Pila, que favoreció a Alexandra Villacís para su reintegro al Consejo de la Judicatura (CJ) como suplente del ahora expresidente Mario Godoy y le permitía reclamar la dirección del máximo órgano de gobierno de la Función Judicial, aún no se había ejecutado, pero perdió vigencia tras la renuncia de la accionante.
La renuncia de Villacís
Villacís presentó su renuncia al cargo de vocal suplente este martes, 7 de abril de 2026, señalando que las condiciones actuales no le permiten continuar en funciones, a pesar de haber actuado —según aseguró— dentro del marco legal.
La exfuncionaria explicó que tomó esta decisión como un acto “difícil pero coherente” con sus convicciones, luego de recurrir a la justicia constitucional para hacer valer sus derechos.
Según indicó, la sentencia le dio la razón y ordenó rectificar la información que impedía su posesión y el ejercicio del cargo. Esto implica que el Servicio de Rentas Internas (SRI) aclare que no tiene obligaciones pendientes y que el Ministerio de Trabajo confirme que no existen impedimentos para que ejerza un cargo público.
Villacís afirmó que siempre se ha conducido respetando la Constitución y ejerciendo los derechos que le corresponden como ciudadana en un Estado de Derecho. Sin embargo, aseguró que el contexto actual no brinda las condiciones necesarias para continuar con su objetivo de fortalecer la justicia en el país.
Pidieron aclaración del fallo
La respuesta del Ministerio de Trabajo fue no cumplir con la orden de la autoridad competente del 23 de marzo de 2026 y, a través de su representante jurídico, solicitar el 26 de marzo una aclaración del fallo a la jueza Pila.

De acuerdo con el artículo 94 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, este pedido debía resolverse en un plazo de ocho días hábiles contados desde su presentación, plazo que se cumpliría esta semana.
Damián Armijos, quien fue abogado de la exvicepresidenta Verónica Abad, sostuvo que la presentación de un recurso de aclaración tras un fallo no impide su ejecución inmediata ni modifica el fondo de la decisión.
Con la renuncia de Villacís, quien no asumirá la Presidencia de la Judicatura, ya no será necesario tramitar otros recursos, y a la jueza solo le corresponderá resolver la ampliación.
Si el Ministerio de Trabajo apelaba, el proceso se extendía y la causa pasaba a conocimiento de la Corte Provincial para su trámite, lo que retrasaba la ejecución de la sentencia.
Esto hubiera permitido que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) designara a la máxima autoridad de la Judicatura a partir de la terna enviada por la Corte Nacional de Justicia, presidida por Marco Rodríguez, sin considerar la acción legal de Villacís.
Camino expedito para la Judicatura
Con la renuncia de Villacís, el camino para que el Cpccs designe a alguien de la terna enviada por la Corte quedó abierto, y no se descarta que Mercedes Caicedo asuma la Presidencia de la Judicatura hasta 2031.
El Ministerio de Trabajo indicó que no hubo incumplimiento en el proceso. Su área jurídica explicó a la jueza cómo funciona el registro de inhabilidades que maneja esta cartera de Estado.
Señalaron que el Acuerdo Ministerial No. 2023-067 establece reglas claras relacionadas con el certificado de inhabilidades. Además, informaron que el Servicio de Rentas Internas (SRI) remitió una base de datos con aproximadamente 600 personas, entre las cuales se encuentra Villacís.
Con base en esta información, el Ministerio de Trabajo aseguró que se realizaron los trámites correspondientes según el citado acuerdo ministerial.
El artículo 12, numeral 6, del Acuerdo señala que, al constituirse en mora, es la base de datos del SRI la que determina el impedimento. Por lo tanto, para el Ministerio de Trabajo corresponde al SRI certificar si existe o no alguna obligación pendiente.
Reacciones
En redes sociales, muchos abogados apoyaban a Villacís. La veían como una abogada sin afinidad política y consideraban que eso “incomodó” al poder de turno, que tiene a su representante, Damián Larco, dirigiendo la Judicatura.
Respecto al incumplimiento de la sentencia a favor de Villacís, el abogado Jorge Luis Mazón lo calificó como el punto más crítico dentro de este proceso.
A su criterio, se trata de “la cereza del pastel” y la “gota que derramó el vaso” en una situación que, según dijo, ha estado marcada por una evidente desigualdad.
Mazón señaló que Villacís no es un personaje conocido en la abogacía ni en la política, ni ha contado con el respaldo de una organización. En ese contexto, destacó que su caso ha sido el resultado de una lucha individual por un derecho que, según sostuvo, le correspondía legítimamente.
En ese sentido, indicó que la disputa giraba en torno a la posibilidad de que Villacís accediera a la presidencia del Consejo de la Judicatura, cargo al que aspiraba en función de su condición de vocal suplente.
Asimismo, Mazón aseguró que varios abogados independientes del país, de distintas tendencias, respaldaron públicamente su causa, al considerar que su eventual llegada a la Judicatura habría sido positiva para la administración de justicia, especialmente por su perfil independiente frente al gobierno.
¿A quién enfrentó Villacís?
El jurista comentó que Villacís se ha enfrentado a un conjunto de personajes y órganos del Estado que habrían actuado de manera coordinada para impedir que accediera al cargo que le correspondía.
El abogado añadió que incluso se llegó a desacatar una sentencia judicial y continuar con un proceso que estaba viciado desde sus inicios, generando desánimo y mostrando las dificultades del Estado de Derecho en Ecuador.
Expuso que este conjunto de acciones, que involucró presunta colusión entre algunos miembros del Pleno de la Corte Nacional, del presidente de ese organismo, y del Consejo de Participación Ciudadana, buscaba remover a Villacís del camino y colocar a nuevos vocales alineados con determinados intereses.
A pesar de que el proceso legal podría seguir su curso y cualquier aclaración judicial se resolvería en derecho, lo más importante, según Mazón, es que con la renuncia de Villacís como vocal del Pleno, el incumplimiento del Ministerio de Trabajo y las maniobras para impedir su posesión pierden relevancia, dejando el camino abierto para la designación de nuevos integrantes del Consejo de la Judicatura.
Otro casos
Lo ocurrido con Villacís no es algo nuevo. Álvaro Román, vocal suplente de María del Carmen Maldonado, quien presidió la Judicatura, pasó por una situación similar.
Maldonado renunció al cargo el 2 de febrero de 2022, y Fausto Murillo, representante del Legislativo, ejerció como presidente interino desde el 3 de febrero de 2022 hasta el 25 de enero de 2023.
Román asumió de manera temporal la Presidencia del Consejo de la Judicatura el 25 de enero de 2023, tras la designación de la Corte Constitucional dos días antes.
Logró dirigir la Judicatura luego de interponer un recurso legal para que se reconociera su derecho a asumir la presidencia temporal, dado que no había suplentes provenientes de la Corte Nacional de Justicia disponibles.
En septiembre de 2022, la Corte Constitucional determinó que Álvaro Román ocupara una vocalía suplente y dispuso que el Cpccs designara de manera rápida al nuevo presidente de la Judicatura. Sin embargo, al interior del Cpccs se dio una pugna por la Presidencia de la entidad encargada de designar autoridades, la cual se arrastraba desde inicios de 2022.
Consejeros del Cpccs también estuvieron involucrados
El 7 de febrero de 2022, la jueza Karly Vargas Alvarado dictó una medida cautelar en contra de los consejeros Francisco Bravo, Hernán Ulloa, María Fernanda Rivadeneira e Ibeth Estupiñán, quienes habían presentado una moción para destituir a Sofía Almeida.
La respuesta de Vargas se dio ante una acción de protección presentada por Almeida. La jueza alegó que “se vulneraba la seguridad jurídica con el intento de los cuatro consejeros de discutir la remoción de la presidencia de Almeida”.
Por otra parte, una vez que el Cpccs no cumplió con la sentencia de la Corte de designar al nuevo presidente de la Judicatura, la Corte Constitucional decidió, el 23 de enero de 2023, destituir a los siete vocales del Consejo de Participación Ciudadana: Hernán Ulloa, María Fernanda Rivadeneira, Ibeth Estupiñán, Francisco Bravo, Sofía Almeida, Juan Xavier Dávalos y David Rosero.
Judicatura de tumbo en tumbo
Bajo ese escenario, Román pudo estar al frente de la Judicatura por menos de un mes, debido a que el nuevo Cpccs nombró a los vocales de la Judicatura a partir de ternas enviadas por el Ejecutivo, Legislativo, Fiscalía y Defensoría Pública.
Wilman Terán, quien dejó su cargo de juez de la Corte Nacional de Justicia, lo reemplazó y estuvo al frente de la Judicatura desde el 16 de febrero de 2023 hasta el 20 de diciembre de 2023, cuando enfrentó procesos legales por casos relacionados con delincuencia organizada y, posteriormente, por obstrucción a la justicia.
Tras ese episodio, Román regresó a la titularidad por encargo desde el 20 de diciembre de 2023 hasta el 16 de julio de 2024.
Posteriormente, se dio la designación de Mario Godoy por encargo, quien salió de la terna de la Corte Nacional. Luego volvió a integrar la terna del máximo Tribunal de Justicia del país y se convirtió en titular hasta el 18 de febrero de 2026, cuando fue destituido por la Asamblea Nacional, dejando en el cargo a Damián Larco, delegado del Ejecutivo, y desconociendo a Villacís.
Otro caso en el que no se cumplió un fallo judicial ocurrió cuando la jueza Nubia Vera acogió una acción de protección presentada por la entonces vicepresidenta Verónica Abad ante la vulneración de sus derechos constitucionales, especialmente del debido proceso, frente a una suspensión emitida por el Ministerio de Trabajo
Radio Pichincha