El Ministerio de Gobierno emitió el Reglamento que regula el procedimiento de coordinación y ejecución de las obligaciones originadas en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) y en el Sistema Universal de Derechos Humanos (SUDH).
Este nuevo marco normativo, oficializado mediante el Acuerdo Ministerial Nro. MDG-2026-005, establece además el camino a seguir para la suscripción de acuerdos de solución amistosa entre el Estado y las víctimas.
La creación de esta normativa surge tras un proceso de reestructuración en la Función Ejecutiva, en el cual el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos se fusionó con el Ministerio de Gobierno. Según consta en el documento oficial, Nataly Morillo, ministra de Gobierno, firmó el reglamento el 12 de marzo de 2026, el cual entró en vigor tras su publicación en el Registro Oficial el pasado 8 de abril.
La necesidad de este reglamento fue sustentada por la Dirección de Protección, Reparación y Autoridad Central, la cual señaló en su informe técnico del 5 de marzo de 2026:
Coordinación y reparación integral
El reglamento otorga al Ministerio de Gobierno la responsabilidad de liderar la ejecución de sentencias, medidas cautelares, recomendaciones e informes de fondo, siempre en coordinación permanente con la Procuraduría General del Estado (PGE) y otras instituciones involucradas.
Uno de los pilares del reglamento es la reparación integral, definida como un conjunto de medidas que incluyen la restitución, rehabilitación, satisfacción, garantías de no repetición y compensación económica.
Para determinar estas compensaciones, el Estado se basará en criterios técnicos y en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), analizando tanto el daño material (daño emergente y lucro cesante) como el daño inmaterial.
Mecanismo
El reglamento detalla el procedimiento para los Acuerdos de Solución Amistosa (ASA), un mecanismo voluntario y flexible que permite resolver controversias ante la CIDH sin llegar a una sentencia. Este proceso se regirá bajo los principios de buena fe, consentimiento mutuo y transparencia.
Otro aspecto del nuevo reglamento busca asegurar que el proceso no sea revictimizante. El artículo 19 establece que “las víctimas participarán de forma activa durante el proceso de ejecución del cumplimiento de las obligaciones internacionales”. Para ello, la Subsecretaría de Derechos Humanos convocará a mesas de trabajo donde las víctimas o sus representantes podrán presentar observaciones a las “hojas de ruta” planteadas para el cumplimiento de las reparaciones.
Finalmente, el reglamento prevé un procedimiento subsidiario de peritaje técnico en caso de que no se logre un acuerdo directo sobre la cuantificación de los daños, garantizando así un respaldo especializado para la determinación objetiva de las compensaciones.
- Radio Pichincha