No data was found

Caso Amada: Corte Constitucional ordena al Registro Civil cambiar nombre y género de adolescente de 17 años tras años de litigio

La Corte Constitucional del Ecuador cerró un proceso judicial que se extendió por casi una década. En la sentencia 1313-19-JP/26, el Pleno ordenó al Registro Civil modificar el nombre y el sexo en los documentos de identidad de Amada, una adolescente de 17 años que inició su reclamo cuando tenía nueve. La decisión se sustenta en el principio de autonomía progresiva y en el interés superior del niño, aunque delimita su alcance exclusivamente al ámbito registral.

Un proceso atravesado por discriminación y barreras institucionales

El caso se remonta al 29 de junio de 2018, cuando los padres de Amada interpusieron una acción de protección tras la negativa del Registro Civil de modificar sus datos en la inscripción de nacimiento. La entidad argumentó que el artículo 94 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles exigía la mayoría de edad para realizar este tipo de cambios, cerrando cualquier posibilidad de reconocimiento en etapas tempranas.

A partir de esa decisión administrativa, la familia enfrentó un entorno sistemáticamente adverso. Durante los años siguientes, Amada fue rechazada en al menos catorce instituciones educativas y vivió episodios recurrentes de discriminación en servicios de salud, donde se insistía en nombrarla con su identidad legal masculina, pese a su apariencia femenina.

El escenario de exclusión se profundizó al punto de forzar a la familia a emigrar en 2021. Esto en busca un entorno donde la adolescente pudiera desarrollar su vida sin estigmatización.

La Corte reconoce madurez, pero limita el alcance del derecho

En la audiencia reservada de enero de 2025, Amada relató ante los jueces que se sentía “atrapada” fuera del país, con un pasaporte próximo a caducar que no reflejaba su identidad. Su testimonio fue uno de los elementos clave para que la Corte determinara que existe una voluntad libre, informada y sostenida en el tiempo respecto a su identidad de género.

El fallo también se apoya en informes psicosociales y psicopedagógicos que acreditan su nivel de madurez y la capacidad de tomar decisiones sobre su proyecto de vida. A esto se suma el respaldo constante de sus padres, un factor que la Corte considera determinante para aplicar una evaluación individualizada.

“Este Organismo revisa el caso concreto considerando que actualmente Amada es una adolescente próxima a cumplir la mayoría de edad, que persiste en la solicitud de cambio en sus datos registrales, cuenta con el acompañamiento de sus padres y el respaldo de informes psicosociales”, dicta la sentencia.

En su análisis, el organismo incorpora los efectos de la sentencia 4-24-CN/26, que declaró inconstitucional la aplicación automática del requisito de mayoría de edad en casos de adolescentes que demuestren condiciones específicas de madurez y acompañamiento familiar.

Órdenes, reparación y límites de la decisión

La resolución, aprobada por mayoría, establece varias disposiciones concretas. En primer lugar, ordena al Registro Civil modificar, en un plazo de 30 días, el nombre de la adolescente a A.E.C.B. y registrar el sexo como femenino en su cédula y pasaporte. Esta medida se plantea como una forma de reparación frente a las vulneraciones sufridas durante el proceso.

El fallo también dispone que la emisión de los nuevos documentos se realice sin costo. Dado que Amada reside en el extranjero, la Cancillería y el consulado correspondiente deberán facilitar y acompañar los trámites necesarios, incorporando una dimensión operativa que busca evitar nuevos obstáculos.

Sin embargo, la Corte introduce una limitación explícita: la decisión se circunscribe únicamente al ámbito registral y no implica una autorización general para intervenciones médicas.

Radio Pichincha

COMPARTIR ESTA NOTICIA

Facebook
Twitter

FACEBOOK

TWITTER