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El Estado podrá usar vehículos, equipos de comunicación y maquinaria privados durante el estado de excepción

El Presidente de la República, Daniel Noboa, suscribió el Decreto Ejecutivo No. 334 el 19 de marzo de 2026, mediante el cual ordena la implementación de requisiciones en las provincias de Guayas, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo de los Tsáchilas.

Esta nueva medida se suma a las restricciones de libertad de tránsito y la suspensión de la inviolabilidad de domicilio y correspondencia ya vigentes en el marco del estado de excepción por grave conmoción interna.

Así, el decreto incorpora un artículo nuevo (Artículo 5) a la normativa de excepción, que establece textualmente:

Según el documento oficial, estas requisiciones podrán recaer sobre bienes y servicios lícitos, tales como vehículos, combustible, equipos de comunicación y maquinaria, siempre que su ausencia haga “ineficaz o tardía la intervención estatal” en zonas críticas.

El Presidente justificó esta acción como una medida de “última ratio”, argumentando que los mecanismos ordinarios de contratación pública son insuficientes en escenarios de extrema urgencia operativa.

Garantías y límites de la medida

Para evitar abusos, el Decreto 334 aclara que las requisiciones no constituyen una confiscación. El texto legal señala que la medida es “una afectación temporal y focalizada, sujeta a documentación, control y deber de restitución o compensación”.

El mandatario enfatizó en el decreto que la ejecución de esta orden debe ser proporcional, indicando que “su aplicación se limitará estrictamente a supuestos en los que exista conexión concreta entre la necesidad del bien o servicio y la finalidad operativa vinculada al estado de excepción”.

La responsabilidad de llevar a cabo estas requisiciones recae en el Bloque de Seguridad, conformado por el Ministerio de Defensa Nacional, el Ministerio del Interior, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.

Noboa dispuso, además, la notificación inmediata de este decreto a la Asamblea Nacional, a la Corte Constitucional y a organismos internacionales como la ONU y la OEA.

Esta reforma legal mantiene la vigencia de 60 días para el estado de excepción original, buscando consolidar el control territorial frente a estructuras de delincuencia organizada que operan en los corredores logísticos más conflictivos del país.

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