Este viernes, la Comisión de Garantías Constitucionales resolvió aprobar el informe para segundo debate del Proyecto de Ley Orgánica de Consulta Popular. El objetivo es fortalecer el ejercicio de los derechos de participación ciudadana y subsanar vacíos normativos.
Entre los principales puntos del informe se destaca la necesidad de aprobar esta normativa como una prioridad legislativa, en cumplimiento del mandato constitucional que garantiza la participación directa de la ciudadanía en la toma de decisiones.
Asimismo, se plantea que la ley contemple procedimientos claros, transparentes e inclusivos para todas las etapas del proceso, desde la convocatoria hasta el control de resultados, asegurando la participación efectiva de todos los sectores sociales, con énfasis en grupos históricamente excluidos.
El informe también subraya la importancia de fortalecer la seguridad jurídica mediante la definición precisa de requisitos, límites, efectos y mecanismos de ejecución de la consulta popular, así como la implementación de garantías que protejan los derechos de los ciudadanos y aseguren la transparencia del proceso.
Finalmente, se recomienda mantener la intervención de la Corte Constitucional en el control previo y vinculante de las preguntas, como un mecanismo fundamental para garantizar la constitucionalidad, proteger derechos fundamentales y reforzar la legitimidad de este mecanismo de participación ciudadana.
En Ecuador, la consulta popular puede ser convocada por la Presidencia de la República, los Gobiernos Autónomos Descentralizados, la ciudadanía o, de forma excepcional, la Asamblea Nacional. Puede utilizarse para tratar asuntos de interés público, decidir sobre la convocatoria a una Asamblea Constituyente, resolver temas territoriales como la creación de regiones o distritos, y aprobar o denunciar tratados internacionales. En conjunto, es un mecanismo de participación directa para decisiones políticas, normativas y territoriales.
Entre 2008 y 2025, en el país se han realizado varias consultas populares y referéndums como mecanismos de democracia directa.
El respectivo informe del proyecto será remitido a la Presidencia de la Asamblea Nacional.
JC