Este 17 de marzo de 2026, el Frente Unitario de Trabajadores (FUT) junto con la Unión Nacional de Educadores (UNE) y otras organizaciones sociales presentaron una demanda de inconstitucionalidad contra el Acuerdo Ministerial MDT-2026-059, emitido el 27 de febrero de 2026 por el Ministerio de Trabajo. Consideran que esta norma flexibiliza la jornada laboral en contravención de la Constitución.
La organización sostiene que el acuerdo vulnera derechos tanto en su forma como en su contenido, y advierte que abre la puerta a abusos laborales sin establecer mecanismos claros de sanción.
La acción se suma a otras iniciativas similares que ya cursan en la Corte Constitucional. Entre ellas:
- El caso 59-26-IN, presentado por Iván Gregorio Arias León.
- El caso 65-26-IN, impulsado por Geovanni Javier Atarihuana Ayala, en su calidad de director nacional de la Unidad Popular, junto a Augusto Enver Aguirre Macas.
- El caso 68-26-IN, interpuesto por el asambleísta Luis Fernando Molina Onofa (Revolución Ciudadana) el 16 de marzo de 2026, cuya sustanciación recayó en el juez Jorge Isaac Benavides Ordóñez.
Todas coinciden en cuestionar la legalidad y constitucionalidad del mismo acuerdo.
Denuncias de abusos y falta de control estatal
Edwin Bedoya, presidente del FUT, alertó que este tipo de acuerdos facilita prácticas irregulares por parte de empleadores, en un contexto donde —según afirma— el Estado no ejerce un control efectivo.
El dirigente denunció incluso la existencia de un caso en el que una empresa habría falsificado firmas de trabajadores para justificar la implementación de nuevas condiciones laborales, sin que el Ministerio de Trabajo verifique la autenticidad del proceso antes de aprobarlo. A su criterio, si estas irregularidades ocurren en espacios con organización sindical, el riesgo es aún mayor en empresas donde no existe representación de los trabajadores.
Bedoya sostiene que, en la práctica, muchos empleados terminan aceptando condiciones impuestas bajo amenaza de despido, lo que rompe cualquier noción de equilibrio en la relación laboral. “No hay igualdad real entre empleador y trabajador”, advierte. Además, subraya que el acuerdo no contempla sanciones para empleadores en caso de denuncias, lo que, a su juicio, deja en indefensión a los trabajadores.
Cuestionamientos legales: posible regresividad y violación del orden normativo
El equipo jurídico que respalda la demanda argumenta que el acuerdo ministerial incumple principios constitucionales básicos. Desde el punto de vista formal, señalan una vulneración del principio de legalidad, ya que la modificación de la jornada laboral —regulada en el Código de Trabajo, la Constitución y tratados internacionales— solo podría realizarse mediante una reforma legal aprobada por la Asamblea Nacional.
En ese sentido, recuerdan que la Corte Constitucional ya estableció en 2020 que cambios de esta naturaleza deben tramitarse como ley, no mediante acuerdos administrativos. Por ello, consideran que el Ejecutivo habría alterado el orden jerárquico de las normas al intentar introducir modificaciones sustanciales a través de un instrumento de menor rango.
En el fondo, el equipo jurídico advierten una afectación directa a derechos laborales, particularmente en lo relacionado con la remuneración. Señalan que el acuerdo permitiría sustituir el pago salarial por compensaciones en tiempo de descanso, lo que implicaría —según su interpretación— una regresión en las condiciones laborales y una vulneración del núcleo esencial del derecho al trabajo.
Juventud, empleo y precarización: otras críticas al modelo laboral
Las observaciones también alcanzan al enfoque general de la política laboral del Gobierno. Andrés Quishpe, presidente de la Unión Nacional de Educadores (UNE), cuestionó que, pese a la existencia de más de 40 modalidades de contratación, no se haya logrado generar empleo.
En particular, criticó la reciente Ley Orgánica de Fortalecimiento de la Vinculación del Sector Económico en la Formación Dual, al señalar que elimina la remuneración para pasantes y la reemplaza por una relación de carácter técnico y pedagógico. A su juicio, esta medida no fomenta el empleo juvenil, sino que precariza aún más las condiciones laborales.
Quishpe planteó como alternativa la reactivación de programas como “Mi Primer Empleo”, que —según indicó— fueron eliminados por falta de financiamiento. “El trabajo se genera con inversión, no reduciendo derechos”, enfatizó.
Radio Pichincha