La Junta Nacional de Justicia (JNJ) ha tomado la determinación de rechazar la propuesta para destituir a la exjueza supernumeraria Jacqueline Rosanna Tarrillo Meneses. El proceso disciplinario se centraba en su actuación al otorgar dos medidas cautelares de carácter urgente a la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, durante el segundo semestre del año 2023.
Actualmente, Tarrillo Meneses se encuentra bajo una medida de suspensión preventiva que rige desde marzo de 2025. En aquel mes, la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial sugirió su remoción definitiva por la presunta comisión de faltas de extrema gravedad. En abril de ese mismo año, la máxima autoridad de este poder del Estado, Janet Tello, envió un requerimiento formal a la JNJ para que se hiciera efectiva la sanción de destitución.
No obstante, tras casi un año de deliberaciones, los consejeros del organismo decidieron no proceder con la expulsión de la magistrada supernumeraria. Esta decisión implica que la abogada mantiene la posibilidad de reincorporarse a las labores jurisdiccionales en la Corte de Lima, una situación que se habría visto truncada de haberse ratificado la sanción propuesta inicialmente.

Cargos imputados y proceso de blindaje
En el marco de las investigaciones en la JNJ, el consejero instructor Gino Ríos Patio se mostró a favor de la solicitud de la ANC del Poder Judicial para separar del cargo a Jacqueline Tarrillo Meneses. Los cargos específicos que enfrentaba la magistrada eran los siguientes:
- Cargo A: Haber otorgado beneficios superiores a los solicitados en las medidas cautelares para Patricia Benavides. Mientras se requería la abstención de Inés Tello y Aldo Vásquez, la jueza optó por suspender la totalidad de los procesos disciplinarios contra la exfiscal.
- Cargo B: Deficiencia en la argumentación de las medidas cautelares. A pesar de que una Sala Constitucional dejó sin efecto ambas medidas por falta de motivación, la jueza habría replicado de forma casi literal fragmentos de la solicitud presentada por la defensa de Benavides.
- Cargo C: Utilización de un artículo perteneciente al Código Procesal Constitucional anterior, en lugar de aplicar la normativa que se encuentra vigente.
- Cargo D: Presunta interferencia en las funciones de la JNJ al paralizar las indagaciones administrativas contra la entonces titular del Ministerio Público.

El ponente ante el Pleno de la JNJ fue Francisco Távara Córdova, quien manifestó una coincidencia solo parcial con la postura de Gino Ríos Patio. Según Távara, solo se lograron acreditar fehacientemente los cargos A y B, proponiendo la absolución para los puntos C y D.
Respecto al uso de normativa derogada (Cargo C), el magistrado Távara argumentó que se trató de un error que
“no se puede catalogar como una infracción disciplinaria y menos (como) una muy grave”
. Sobre la supuesta intromisión en las facultades de la JNJ, el expresidente del Poder Judicial invocó jurisprudencia del Tribunal Constitucional, señalando que
“no hay zona exenta de control constitucional”
, citando incluso casos previos que involucraron a la misma junta, como los de Samuel Sánchez Melgarejo y Martín Hurtado Reyes, ligados al caso de Los Cuellos Blancos del Puerto.
Además, Francisco Távara planteó que la actual conformación de la JNJ, en términos prácticos, validó la posición de Jacqueline Tarrillo al anular la destitución que los consejeros previos habían impuesto a Patricia Benavides en el mismo proceso que la jueza había suspendido temporalmente en 2023.
“¿Qué resoluciones recayeron en el (proceso disciplinario) 001 acumulado con 008? Fue el que motivó la destitución por la Junta anterior de la doctora Benavides. Y ese es el caso que esta JNJ ha expedido la resolución 231 (que anuló la destitución de Patricia Benavides) tan conocida por todo el Perú. (…) La propia JNJ le ha dado la razón a la jueza al anular la propia resolución”
, afirmó categóricamente durante la sesión.

Votación y estatus de Patricia Benavides
Por los argumentos expuestos, el ponente consideró que una destitución resultaría una medida “excesiva” y carente de proporcionalidad, señalando que existen otras sanciones como la suspensión que podrían cumplir la misma finalidad. Destacó que no se comprobó corrupción, que la magistrada está en formación y que posee un buen récord de producción judicial sin antecedentes previos.
Asimismo, se tomó como un factor atenuante que Tarrillo Meneses archivó finalmente la demanda de Patricia Benavides en mayo de 2024, al determinar que no se había cumplido con agotar la vía administrativa correspondiente.
En la votación, el consejero Germán Serkovic respaldó la ponencia. Por su parte, Víctor Chanduví y Cayo Galindo votaron por la absolución del cargo C, coincidiendo en que no se debe aplicar la destitución sino una sanción de menor grado. Jaime de la Puente también votó a favor, aunque indicó que presentaría un voto singular con su propio análisis sobre la graduación de la sanción. No participaron en el proceso María Teresa Cabrera ni Gino Ríos.
Tras este fallo, Jacqueline Tarrillo Meneses no será removida de su cargo de forma definitiva, y la ANC del Poder Judicial deberá fijar ahora una sanción de menor escala. En cuanto a Patricia Benavides, la anulación de su destitución ha provocado que su caso retorne a la etapa de instrucción. No obstante, ha trascendido la propuesta de cerrar dicha investigación por vencimiento de plazos y abrir un nuevo proceso que conserve las diligencias ya realizadas.
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