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Libertad condicional para Maza Márquez por caso Luis Carlos Galán

El Juzgado 16 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá ha resuelto otorgar la libertad condicional al general en retiro Miguel Alfredo Maza Márquez. Esta decisión se produce en el marco de la condena que cumple por su participación en el magnicidio del líder liberal Luis Carlos Galán.

Según lo dispuesto en la providencia judicial, el exdirector del desaparecido Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) entrará en un periodo de prueba que tendrá una duración de 132 meses, 29 días y 13 horas. Este tiempo, que equivale aproximadamente a 11 años y un mes, comenzará a regir desde el momento en que se suscriba el acta de compromiso obligatoria.

Condiciones y requisitos del beneficio

En el documento legal se especificaron las condiciones bajo las cuales se otorga este beneficio:

Conceder al sentenciado la libertad condicional, con un periodo de prueba de 132 meses, 29 días y 13 horas, contados a partir de la suscripción del acta de compromiso, previa constitución de caución prendaria, en cuantía de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes que deberá garantizar a través de título de depósito judicial”.

El despacho judicial argumentó que Maza Márquez ha cumplido con el tiempo mínimo de reclusión que exige la ley para acceder a la libertad condicional. Asimismo, se certificó que el procesado mantuvo una buena conducta y cumplió con los requerimientos de carácter administrativo y disciplinario durante su internamiento.

El oficial retirado ha permanecido recluido en el Centro de Estudios Superiores de la Policía (Cespo), ubicado al norte de la capital colombiana, desde el 20 de noviembre de 2013. Los registros del expediente indican que hasta el momento ha purgado 12 años y tres meses de la sentencia total de 30 años de prisión que le fue impuesta.

En el Centro de Estudios Superiores de la Policía permanecía recluido desde noviembre de 2013. - crédito Policía

Antecedentes de la solicitud de libertad

La resolución favorable llega tras un intento previo en enero de 2026, cuando el mismo Juzgado 16 de Ejecución de Penas había denegado la libertad condicional solicitada por la defensa del exdirector del DAS.

En aquella ocasión, tras una evaluación de los conceptos emitidos por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), el juzgado determinó que no se reunían los requisitos necesarios para el beneficio, ordenando la continuidad de la pena en centro de reclusión. No obstante, en esta nueva etapa, tras revisar nuevamente los fundamentos legales y el tiempo de reclusión efectiva, se consideró procedente la medida.

La sentencia de la Corte Suprema de Justicia

Es importante recordar que la Corte Suprema de Justicia de Colombia sentenció a Maza Márquez a 30 años de cárcel tras declararlo coautor de los delitos de homicidio con fines terroristas y concierto para delinquir, vinculados al asesinato de Luis Carlos Galán.

El trágico suceso ocurrió el 18 de agosto de 1989 en el municipio de Soacha, Cundinamarca. El entonces aspirante a la presidencia fue atacado con ráfagas de arma de fuego mientras participaba en un evento político en la plaza principal de la localidad.

La justicia también le atribuyó responsabilidad en el fallecimiento del concejal Julio César Peñaloza Sánchez y del escolta Santiago Cuervo Jiménez. De igual manera, la condena incluyó las lesiones sufridas por el guarda de seguridad Pedro Nel Angulo Bonilla durante el atentado.

El alto tribunal lo condenó a 30 años de prisión como coautor del asesinato del dirigente liberal. - crédito Corte Suprema de Justicia

Fundamentos de la alianza criminal

La Sala Penal de la Corte concluyó en su momento que quien fuera el director del DAS estableció una “alianza criminal” con el jefe paramilitar Henry de Jesús Pérez Durán con el objetivo de planificar y ejecutar el crimen.

El fallo judicial determinó que la responsabilidad del general se cimentó en su participación activa para debilitar el esquema de protección del candidato. El alto tribunal subrayó que el exfuncionario influyó en decisiones críticas de seguridad del líder político, a pesar del evidente entorno de amenazas que lo rodeaba.

Dentro del acervo probatorio se incluyeron testimonios y declaraciones que señalaban posibles vínculos con estructuras del narcotráfico, específicamente relacionadas con el círculo de Pablo Escobar Gaviria. Además, la Corte cuestionó las irregularidades presentadas en las investigaciones posteriores al magnicidio, las cuales habrían entorpecido el esclarecimiento de los hechos.

Luis Carlos Galán fue asesinado el 18 de agosto de 1989 durante un acto político en Soacha. - crédito Colprensa

Estado jurídico del procesado

A pesar de recibir la libertad condicional, la pena impuesta contra Maza Márquez no se da por terminada. Durante todo el periodo de prueba establecido, el beneficiario deberá cumplir rigurosamente con las obligaciones del juzgado, entre ellas, el pago de la caución prendaria de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes.

En el evento de que se presente un incumplimiento de estas normas, el beneficio judicial podrá ser revocado de inmediato, lo que obligaría al general en retiro a regresar a un centro de reclusión para cumplir el tiempo restante de su condena. Esta decisión se ampara en las leyes que permiten la libertad condicional a quienes cumplen con el tiempo mínimo de sanción y los requisitos de ley.

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