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Corte Suprema suspende casación en proceso contra Álvaro Uribe

La Corte Suprema de Justicia ha determinado poner un freno temporal al trámite del recurso de casación dentro del expediente judicial que involucra al expresidente Álvaro Uribe Vélez. Esta parálisis procesal se mantendrá hasta que se resuelva de manera definitiva si el magistrado Roberto Solórzano cuenta con la imparcialidad necesaria para seguir liderando el caso.

La controversia jurídica se originó tras la interposición de una recusación fundamentada en supuestos lazos laborales entre el hijo de Solórzano y el procurador asignado al proceso. Esta situación ha interrumpido el análisis jurídico que pretendía dejar sin efecto la absolución del exmandatario, quien ha sido procesado por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.

De acuerdo con los argumentos presentados por las víctimas reconocidas en el caso, el hijo del magistrado Solórzano desempeña funciones laborales junto al procurador Bladimir Cuadro, quien tuvo una participación activa durante el juicio. Ante este escenario, los solicitantes alegan que podría existir un conflicto de intereses que comprometa la objetividad del magistrado ponente.

Para destrabar el proceso, la Sala de Casación Penal ha designado al magistrado José Joaquín Urbano como encargado de resolver este incidente. Urbano, quien integra la alta corte desde hace más de un año, tiene la responsabilidad de presentar una ponencia que será sometida a votación por la Sala Plena el próximo 4 de febrero. En esa fecha se ratificará o se apartará a Solórzano del conocimiento del proceso.

El magistrado José Joaquín Urbano tiene 20 años de experiencia en la docencia - crédito @Funproinocencia/X

El magistrado José Joaquín Urbano cuenta con una amplia trayectoria académica y profesional; es egresado de la Universidad de Nariño, posee una especialización en ciencias penales, una maestría en criminología y un doctorado en Derecho. Su experiencia incluye roles de alta relevancia como magistrado del Tribunal de Bogotá, procurador delegado, magistrado auxiliar, fiscal delegado y juez de la República.

Antecedentes del recurso de casación

El pasado 13 de enero de 2026, la Fiscalía General de la Nación, representada por la fiscal María Cristina Patiño, junto con las víctimas acreditadas —Iván Cepeda, Eduardo Montealegre, Jorge Perdomo y Deyanira Gómez— formalizaron el recurso de casación. El objetivo primordial de esta acción es invalidar la decisión del Tribunal Superior de Bogotá que absolvió a Uribe Vélez.

Los recurrentes buscan que se restablezca la condena original de doce años de prisión que había sido impuesta previamente por los cargos de soborno y fraude. Este largo conflicto legal tiene sus raíces en el año 2012, cuando el entonces presidente denunció al senador Iván Cepeda por un supuesto caso de manipulación de testigos, proceso que eventualmente se revirtió en su contra.

Para el año 2018, la Corte Suprema de Justicia formalizó una investigación contra el exjefe de Estado, señalándolo de liderar presuntamente una red dedicada a alterar testimonios sobre nexos con grupos paramilitares en el departamento de Antioquia. Posteriormente, el 1 de agosto de 2025, la jueza Sandra Liliana Heredia Aranda dictó sentencia condenatoria contra Uribe, fijando una pena de 12 años de cárcel.

La suspensión temporal en el estudio del recurso de casación por presunta falta de imparcialidad introduce nuevas incertidumbres y prolonga la resolución de uno de los procesos penales más trascendentes del país - crédito @PalomaValenciaL/X

Tras conocerse el fallo condenatorio, el abogado defensor Jaime Granados interpuso una apelación de gran extensión ante el Tribunal Superior de Bogotá. El 21 de octubre del mismo año, dicha corporación decidió revocar la condena y absolver al exmandatario, argumentando que existieron fallas técnicas en las actuaciones de la Fiscalía y la jueza de primera instancia. No obstante, esta decisión no fue unánime, pues la magistrada María Leonor Oviedo Pinto salvó su voto mostrando una postura discrepante.

Los argumentos de las víctimas y la Fiscalía

Tanto la parte civil como el ente acusador sostienen que el Tribunal Superior de Bogotá incurrió en errores de valoración probatoria que vulneraron el debido proceso. Según su tesis, Álvaro Uribe Vélez no solo estaba al tanto de las gestiones de su abogado Diego Cadena (quien ya fue condenado), sino que coordinaba directamente las acciones para influir en los testigos.

En el texto del recurso, los representantes de las víctimas aseguran:

“Es claro que la intervención de Álvaro Uribe Vélez no se limitó a una conducta neutra ni a un simple consejo, sino que consistió en una instrucción encaminada a incidir ilícitamente en el curso de actuaciones judiciales en su propio beneficio”

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Por su parte, la Fiscalía enfatiza que se ignoraron piezas claves como las interceptaciones telefónicas y otros audios que reposan en el expediente judicial. Al respecto, el recurso fiscal menciona la importancia del voto disidente de la magistrada Oviedo:

“La magistrada disidente efectuó un análisis exhaustivo, completo y ajustado a las reglas de la sana crítica, demostrando la existencia de un patrón común, sistemático y articulado de manipulación de testigos; la unidad del plan criminal; la coordinación de los emisarios; la materialización de actos concretos de ofrecimiento de prebendas, presiones, retribuciones económicas y direccionamiento; y la existencia real de los tres delitos”

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El proceso penal contra Álvaro Uribe trasciende lo individual y pone a prueba la capacidad de las instituciones para responder ante desafíos históricos en materia de justicia y gobernabilidad - crédito Captura de pantalla / X

En la otra orilla, los defensores de Uribe, los abogados Jaime Granados y Jaime Lombana, han optado por la prudencia y el silencio mediático, indicando que esperarán las notificaciones oficiales antes de emitir cualquier juicio sobre los recursos interpuestos por la contraparte.

El futuro procesal de la casación quedará en manos de la Sala Plena este 4 de febrero, día en que se determinará si el proceso retoma su curso bajo la batuta de Solórzano o si se requiere un nuevo ponente.

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