Contratos de trabajo previstos para zonas francas podrían ser eliminados del proyecto de ley, dijo la ministra de Producción

El proyecto de ley presentado por el presidente Daniel Noboa, que ahora es analizado en la comisión de Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional, plantea un régimen laboral específico para las zonas francas, el cual dispone que los contratos de trabajo deberán considerarse temporales y podrán ser renovados las veces que sean necesarias y no estarán sujetos a la prohibición que establecen las demás normativas en materia laboral.

“Este régimen laboral no se considera precarización laboral. Se respetan todos los derechos que señala la Constitución y demás normas vigentes”, dice el artículo 52.10 del proyecto de Ley de Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo.

Lo que propone la norma en ese sentido genera inquietudes a varios asambleístas de la comisión de Desarrollo Económico, que ven un riesgo de regresión y vulneración de derechos laborales.

Así lo dieron a conocer la tarde del lunes 4 de diciembre, durante la sesión de la mesa legislativa a la que compareció Sonsoles García, ministra de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca.
Tras escuchar a los legisladores, la ministra reveló que el contrato de trabajo fue una “recomendación” que les hicieron “desde afuera” y que se pidió que sea revisado con el Ministerio del Trabajo antes del envío a la Asamblea. Anticipó que si se requiere el tema puede ser retirado del proyecto de ley.
“Claramente fue un artículo que se pasó, porque nosotros en ningún momento vamos a solicitarles a ustedes que aprueben algo que pueda ser de regresión en materia de derechos. Eso no está ni siquiera en discusión. Y si, en efecto, ustedes consideran que es un artículo que tiene que salir del proyecto de ley, pues que salga. No se busca que este nuevo espectro de inversiones lo hagamos regresivo, al contrario. Lo que queremos es que algún día podamos equiparar todas las condiciones al resto de zonas francas (de la región), pero conocemos cuáles son nuestras normas laborales y no las vamos a irrespetar en este momento”, aclaró la titular de la cartera de Producción.

García expuso en la comisión de Desarrollo Económico los alcances y beneficios del proyecto de ley en cuanto al capítulo sobre zonas francas. Citó ejemplos de cómo funcionan en otros países como China, Colombia, República Dominicana.
La funcionaria explicó que estos espacios, y las condiciones que se proponen, permitirán atraer inversión extranjera, ya que las nueve Zonas Especiales de Desarrollo Económico (ZEDE) creadas anteriormente no han tenido éxito por limitaciones y deficiencias normativas, entre otros aspectos.

“Necesitamos tener espacios para transformación de productos y darles valor agregado”, comentó y resaltó que una importante ventaja de las zonas francas es que tendrán garantía aduanera, lo que permitirá evitar malas prácticas y gestiones.

Detalló que la ley crea zonas francas unipersonales (en ocasiones especiales), que son aplicables a un único usuario operado o multiempresariales (similar a un parque industrial).
Las actividades que pueden desarrollarse son industriales de bienes, industriales de servicios, comercio y logística.
Indicó que no se ponen requisitos mínimos de inversión para las zonas francas, para poder dar cabida a todos los tamaños de empresas.

El régimen tributario para estos espacios comprenderá los siguientes incentivos:
Exoneración del impuesto a la renta por 5 años y rebaja adicional de 10 puntos en impuesto a la renta (tarifa de 15 %) por el tiempo de vigencia.
Exoneración de los tributos al comercio exterior en la importación de insumos, bienes de capital y materias primas destinados a la zona franca.
Exoneración del IVA, ISD y tributos al comercio exterior.
Exoneración del pago del impuesto a la renta sobre dividendos pagados por los operadores y usuarios a sus accionistas.
La ministra mencionó que las zonas francas que tengan usuarios comerciales que exporten el 70 % de su producción y que el 30 % quieran destinar al mercado local, ese 30 % pagará tributos al comercio exterior “como cualquier otra nacionalización”.
El plazo mínimo de las zonas francas será de 30 años, el cual podrá ser prorrogado por un término igual a las veces que sea necesario.
Las actividades prohibidas en estos espacios serán:
Extracción minera.
Exploración o extracción de hidrocarburos.
Producción o comercialización de armas y municiones que contengan uranio empobrecido.
Compañías que se dediquen a la producción o comercialización de cualquier tipo de armas.
Otras que se puedan determinar.
Adicionalmente, en el caso de contratos de inversión, la ministra García precisó que las nuevas inversiones, para recibir beneficios tributarios, se aprobarán con la condición de que incrementen las plazas de empleo; es decir, que generen nuevos puestos de trabajo, no que sustituyan los existentes.
También dijo que los proyectos públicos estarán contemplados dentro de la nueva definición de inversiones, bajo la modalidad de asociación público-privada.
La firma de los contratos de inversión ya no estarán condicionados a la emisión de un informe del Ministerio de Finanzas, “siempre y cuando los incentivos no superen el monto de inversión total”, puntualizó García.
La comisión de Desarrollo Económico seguirá recibiendo a más autoridades y representantes del sector privado y sociedad civil, como parte del análisis del proyecto de ley.
La iniciativa impulsada por el Gobierno, al tener el carácter de urgente en materia económica, deberá ser procesada en la Asamblea en un lapso de 30 días desde que llegó al Parlamento, el 27 de noviembre. Es decir, la Asamblea deberá resolver si aprueba o rechaza el proyecto de ley hasta finales de diciembre. (I)

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