A través de un video que ha alcanzado gran notoriedad en las redes sociales, se observa a un ciudadano que, tras haber sido sancionado, se presenta en la ventanilla de una dependencia municipal para saldar el importe de su multa en metálico. La particularidad del caso es que lo hace utilizando una gran cantidad de monedas de un céntimo. Aunque la escena pueda parecer inusual, refleja una realidad cada vez más común: la tensión entre el derecho al uso de dinero físico y la imposición de métodos de pago electrónicos en la administración pública.
La incertidumbre sobre si una entidad gubernamental puede obligar a una persona a utilizar exclusivamente tarjetas bancarias o datáfonos para cumplir con sus obligaciones es una duda frecuente. Esto ocurre especialmente ahora que muchas instituciones han limitado la atención presencial y el manejo de efectivo. El abogado Xavi Abat, reconocido en su perfil de TikTok (@xavi_abat), plantea este dilema de la siguiente forma:
“¿Te puede exigir a ti como sancionado, como consumidor, que si vas al ayuntamiento a pagar una multa, lo tengas que hacer con el datáfono… o puedes hacerlo perfectamente con dinero, con céntimos, como tú creas?”
Esta interrogante toca fibras sensibles sobre los derechos fundamentales que asisten a la ciudadanía en su trato con las autoridades.
Según explica el profesional del derecho, el marco jurídico actual no deja espacio para la discrecionalidad de los funcionarios. “Pues evidentemente esto está ya regulado, hay sentencias que lo avalan”, puntualiza Abat. El jurista fundamenta su explicación en una sentencia emitida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en febrero de 2021, la cual determina que los Estados miembros tienen el deber de garantizar la aceptación del efectivo como medio de pago válido, salvo en situaciones excepcionales. A este respaldo legal se le añade un real decreto aprobado en España ese mismo año, que refuerza esta protección legal a nivel interno.
Normativas y restricciones en el uso de metálico
Abat, quien utiliza sus plataformas para brindar asesoramiento legal, explica que la normativa “dice claramente que los Estados miembros de la Unión Europea han de garantizar que en los establecimientos y organizaciones públicas tú puedas pagar en efectivo”. Este mandato incluye no solo billetes, sino también monedas de curso legal de cualquier denominación. Por lo tanto, no se puede discriminar a un ciudadano por el valor de las monedas que utilice, siempre que el pago sea exacto. Pagar con monedas de céntimo es plenamente legal, independientemente de la incomodidad operativa que pueda causar al personal de ventanilla.
Sin embargo, el letrado también advierte que existen ciertos límites que se deben respetar para evitar inconvenientes mayores:
- Si se realizan pagos en efectivo por montos superiores a 1.000 euros en determinadas transacciones, el usuario podría enfrentarse a sanciones económicas.
- Existen ciertos procedimientos administrativos que, por mandato legal, ya han sido designados como exclusivamente digitales.
En sus propias palabras:
“Si pagas en efectivo más de 1.000 euros en ciertas operaciones, te puede caer una buena sanción. Y hay trámites que, por ley, ya son solo digitales”
Eficiencia administrativa vs. Derechos básicos
Este debate pone en perspectiva las justificaciones de la administración, que a menudo cita razones de seguridad, ahorro de costos o eficiencia para restringir el uso de dinero en efectivo. No obstante, desde un análisis riguroso del derecho, estas motivaciones de gestión interna no pueden anteponerse a las garantías legales reconocidas por la normativa europea y nacional.
En conclusión, el abogado Abat confirma que el ciudadano que pagó con monedas actuó bajo el amparo de la ley. “La actitud de este buen contribuyente es algo totalmente legal”, afirma el experto, despejando cualquier duda sobre la validez de este método de pago. El caso sirve como un recordatorio fundamental de que la modernización del Estado no debe traducirse en una merma de los derechos ciudadanos establecidos.
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