La Audiencia Nacional (AN) ha dictaminado formalmente el decomiso de 2,6 millones de euros pertenecientes a José Manuel Llorca Rodríguez, uno de los principales procesados en la trama de estafa piramidal de Fórum Filatélico. El implicado, quien permanece prófugo de la justicia, mantenía estos activos en una cuenta bancaria localizada en Liechtenstein.
A través de una sentencia reciente, los magistrados de la Sección Primera de lo Penal establecieron que los 2,4 millones de francos suizos depositados en el mencionado país bajo la titularidad de la Fundación MALAPA sean redirigidos al pago de indemnizaciones. El objetivo principal es resarcir a las víctimas que resultaron perjudicadas por el esquema fraudulento de la entidad filatélica.
Esta acción legal fue impulsada por la Fiscalía Anticorrupción mediante la aplicación del decomiso autónomo. Esta figura jurídica permite la intervención de bienes de procedencia ilícita sin necesidad de una sentencia de condena previa, siempre que se cumplan condiciones legales específicas, como la situación de rebeldía del procesado y la acreditación de la irregularidad patrimonial en un proceso contradictorio.
De acuerdo con los antecedentes expuestos en el fallo judicial, Llorca fue declarado oficialmente en rebeldía en junio de 2007. Esto ocurrió después de que las autoridades no lograran ejecutar la orden internacional de detención en su contra, lo que impidió que fuera juzgado de manera presencial en el proceso principal por la estafa de Fórum Filatélico.
El rol estratégico del procesado en la estafa
Aunque el implicado no estuvo presente en el juicio, la Sala subrayó que la sentencia general del caso contiene al menos 140 referencias directas hacia su persona. En dicho documento se establece:
«que las decisiones estratégicas para mantener durante años ese negocio fraudulento eran adoptadas tanto por su presidente Francisco Briones como por el codemandado José Manuel Llorca, administrador de hecho de la sociedad y uno de sus máximos accionistas»
Asimismo, el tribunal destacó que el acusado operaba la red delictiva desde la clandestinidad. Llorca abandonó España tras ser condenado por la Audiencia Nacional en febrero de 2005 en un caso independiente por el delito de blanqueo de capitales. Por ello, la sentencia señala que el:
«demandado dirigía este negocio ilícito desde la clandestinidad, ya que huyó de España»
Vinculación de la Fundación MALAPA con el fraude
Tras una revisión exhaustiva de las resoluciones previas de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo, la Sala admitió que inicialmente no se mencionaba a la Fundación MALAPA ni a sus activos en Liechtenstein. No obstante, el tribunal determinó que existe una conexión lógica entre estos fondos y el dinero sustraído a los inversionistas.
El tribunal fundamentó su decisión basándose en que:
«la prueba de la relación entre los fondos de la Fundación MALAPA en Liechtenstein y las aportaciones de los inversores de Fórum Filatélico, que habrían sido desviadas y blanqueadas en beneficio de los procesados condenados y del rebelde aquí demandado es fruto de la inferencia racional que realiza el tribunal a partir de la valoración conjunta de los múltiples indicios de criminalidad que conducen a dicha conclusión»
En este sentido, los magistrados concluyeron que existen indicios plurales y relacionados entre sí que confirman que el capital en Liechtenstein, del cual Llorca es beneficiario, tiene su origen en el dinero captado de los ahorradores de Fórum.
Modus operandi y uso de testaferros
Para respaldar esta tesis, la sentencia menciona que el procesado utilizó un pasaporte británico para abrir la cuenta en cuestión, el mismo documento empleado para otras operaciones en Gibraltar. Estas cuentas formaban parte de un complejo entramado societario diseñado para desviar los fondos de los inversores, dirigiendo una parte hacia sociedades controladas por testaferros y otra hacia inversiones inmobiliarias en ciudades como Marbella.
- Los movimientos en la cuenta MALAPA durante el año 2004 estaban destinados a la adquisición de inmuebles en la zona de Málaga.
- Llorca figuraba como el beneficiario exclusivo de dicha cuenta, repitiendo el patrón de sus empresas testaferro.
- La dirección registrada en Londres coincidía con el centro de operaciones desde donde coordinaba el negocio fraudulento.
Finalmente, la Sala de la Audiencia Nacional recalcó que la defensa no presentó ninguna prueba que acreditara un origen lícito del dinero. Esto ratifica la naturaleza delictiva de los fondos, vinculándolos directamente con los delitos de estafa, blanqueo de capitales, insolvencia y falsedad contable por los cuales el procesado ha sido encausado.
Fuente: Infobae