La primera vicepresidenta de la Asamblea Nacional, Mishel Mancheno, defendió la transparencia del proceso de juicio político contra el presidente del Consejo de la Judicatura, Mario Godoy, tras mocionar su inicio.
Mediante un comunicado, Mancheno aseguró que su actuación garantiza un tratamiento «transparente y sin dilaciones», y que las «interpretaciones forzadas» generadas en los últimos días solo buscan «distraer» su labor legislativa.
Estas declaraciones responden directamente al cuestionamiento de la asambleísta Mónica Palacios, de la bancada Revolución Ciudadana (RC), quien insinuó una supuesta «conexión directa» entre la vicepresidenta, su esposo Álvaro Guivernau (presidente de Noboa Trading), y Mario Godoy.
En el comunicado, la asambleísta Mishel Mancheno enfatizó que su actuación se rige por la Constitución, la ley y los principios de su proyecto político, los cuales buscan «combatir la corrupción y exigir responsabilidad en todas las funciones del Estado sin excepción».
Asimismo, recordó que su proceder en la sesión del CAL No. 045-2026 del pasado jueves demostró su compromiso con la transparencia y el rigor en los procesos de control político.
El comunicado concluye con la afirmación: «Ejerzo mis responsabilidades honrando la confianza ciudadana y actuando conforme al mandato democrático”.
El Consejo de Administración Legislativa (CAL) admitió a trámite el pedido de juicio político contra el presidente del Consejo de la Judicatura, Mario Godoy, durante su sesión del 11 de enero de 2026, con seis votos a favor.
La decisión se basó en una moción presentada por la asambleísta Mishel Mancheno, que aprobó el informe de la Unidad Técnica Legislativa (UTL) que validaba el cumplimiento de requisitos formales de la solicitud, impulsada por cinco legisladores de la bancada Revolución Ciudadana (RC).
Como parte de la resolución, se dispuso además que la Secretaría General de la Asamblea Nacional remita la solicitud de enjuiciamiento al presidente de la Comisión de Fiscalización, Ferdinan Álvarez. El objetivo es que dicha comisión avoque conocimiento y sustancie el trámite conforme a lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.