Fernando Toledo, coordinador nacional de procesos electorales del CNE, explicó que hasta el 24 de octubre próximo se proclamarían los resultados oficiales, según el calendario electoral.
A partir de ese día corren plazos para que las organizaciones políticas presenten objeciones ante el organismo electoral. Si ninguna lo hace, de todos modos se deberá esperar hasta el 16 de noviembre que es el último día de plazo para que se presenten recursos contenciosos electorales ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
Si hasta ese 16 de noviembre, ninguna organización política presenta dichos recursos, el CNE proclamará los resultados definitivos de la elección del Presidente y Vicepresidenta de la República para completar el periodo presidencial 2021-2025, y se asignarán los escaños correspondientes a cada organización política que logró espacios en la elección de asambleístas nacionales, provinciales y del exterior, cuyo periodo también será transitorio hasta mayo de 2025.
Luego de la asignación de escaños se entregarán las credenciales a cada legislador que ocupará una curul en la Asamblea Nacional. En el calendario electoral, esto está previsto para el 8 de diciembre como plazo máximo, pero podría ser antes.
Eso habilitará al Parlamento para instalar su primera sesión (autoconvocada) en la que designará a la mesa directiva. Luego de ello, posesionará al Presidente y Vicepresidenta del Ecuador.
La entrega de credenciales para Noboa y Abad se realizaría hasta el 11 de diciembre, según el calendario, aunque también podría adelantarse. Con ese documento ya pueden ejercer sus cargos.
Las fechas definitivas de instalación y posesión dependen, insistió Toledo, de la presentación de recursos. Pero si ninguna organización política objeta los resultados electorales presidenciales y de asambleístas nacionales y del exterior designados en segunda vuelta, ese calendario podría modificarse y adelantar la instalación de la Asamblea Nacional en el mes de noviembre; la decisión está en manos del pleno del CNE.
El artículo 19 del reglamento para las elecciones extraordinarias señala que el presidente y vicepresidente se posesionarán ante la Asamblea Nacional “a los quince días contados a partir de la proclamación de resultados definitivos, en firme”. (I)
Fuente: El Universo