A casi dos meses de solicitarlo, Fiscalía formulará este viernes cargos por obstrucción de la justicia contra el presidente de la Judicatura, Wilman Terán, y otros siete funcionarios

Casi dos meses tuvieron que pasar para se concrete el pedido hecho por la fiscal general Diana Salazar a la Corte Nacional de Justicia (CNJ) para que se defina una audiencia en la que se formulará cargos por el delito de obstaculización de la justicia contra el presidente del Consejo de la Judicatura (CJ), Wilman Terán, el vocal y la exvocal de este organismo, Xavier Muñoz y Maribel Barreno, respectivamente, y otros cinco funcionarios de la Judicatura.

La solicitud fue presentada formalmente el 29 de agosto pasado por Salazar, como parte del caso denominado Independencia Judicial, y el juez encargado de la causa, Luis Rivera, ha convocado para este viernes 20 de agosto, a las 12:00, a la audiencia de formulación de cargos contra los ocho funcionarios de la Judicatura.

La investigación previa de esta causa se abrió el pasado 11 de mayo. Tres meses después, la Fiscalía aseguró mantener suficientes elementos de convicción que revelarían la participación de los sospechosos en el delito de obstrucción de la justicia dado aparentemente en “dos casos de connotación”: Las Torres, en el que fueron sentenciadas once personas por delincuencia organizada, entre ellas, el excontralor Pablo Celi y su hermano Esteban; y el caso Vocales, en el que han sido llamados a juicio los ahora exvocales del CJ, Barreno y Juan José Morillo y el exjuez de Pichincha, Vladimir Jhayya.

Salazar ha llamado a la ciudadanía a estar vigilante de estos procesos que involucran a funcionarios del máximo organismo de control de la justicia y reafirmó su compromiso con evitar la impunidad. “Ninguna persona está sobre la Ley”, aclaró.

En su momento, Wilman Terán calificó al pedido de Fiscalía como algo “totalmente ridículo”. Especialmente, explicó, porque lo que se estaría analizando es un delito por la adopción de la medida cautelar de suspensión mientras se tramitaba el sumario disciplinario en contra del juez de la CNJ, Walter Macías. Este hecho para él ya es una cosa juzgada ya que, incluso, un juez superior, en apelación, decidió que la medida de suspensión dictada por el CJ era la adecuada.

La investigación por obstrucción de la justicia arrancó después que se conociera que con los votos a favor de Wilman Terán y Xavier Muñoz se suspendió por tres meses al juez Macías. La suspensión temporal de Macías se dio por sus actuaciones como juez de la Sala Penal de la CNJ y ante una denuncia de tipo administrativo interpuesta en marzo pasado por Esteban Celi.

Pese a que inicialmente se dio de baja la suspensión de Macías, un Tribunal de Apelación anuló la acción de protección acogida y ratificó la suspensión. Luego, el 19 de agosto pasado, nuevamente con los votos de Terán y Muñoz, se destituyó del cargo a Macías, decisión que fue revocada el 14 de septiembre último al encontrarse que se habían violado derechos del hoy restituido magistrado nacional.

El vocal Xavier Muñoz, luego de rendir su versión en el caso por obstrucción de la justicia, el 18 de septiembre pasado, acusó a la fiscal Salazar de usar la institución para perseguir políticamente.

“A nosotros como vocales del CJ, por ejercer nuestra potestad constitucional de cualquiera que sea disciplinarlo y sancionar con suspensión y posteriormente con destitución, ahora resulta que nos abre ella (la fiscal general) una indagación previa por el supuesto delito de obstrucción a la justicia. Parece que hay que enviarla nuevamente a estudiar derecho penal y derecho penal procesal, porque los presupuestos fácticos no se cumplen”, sentenció.

En el artículo 270.1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), el 12 de febrero del 2021 se publicó en el Registro Oficial la reforma que tenía que ver con la obstrucción de la justicia con una pena privativa de libertad de tres a cinco años.

Se refiere que comete este delito la persona que, mediante el uso de fuerza física, amenazas o intimidación, o la promesa, el ofrecimiento o la concesión de un beneficio, en todo tipo de procesos judiciales, ejecuta una o varias conductas: impida la prestación de testimonio o la aportación de prueba; induzca a una persona a prestar falso testimonio; y/o interfiera ilegítimamente en la libertad de actuación de jueces y fiscales.

Solo los vocales del CJ Fausto Murillo, quien tiene como fuente de origen para su designación a la Asamblea Nacional, y Yolanda Yupangui, quien asumió la titularidad de la vocalía dejada por Barreno, son los únicos que se encuentran fuera de un proceso penal. Aún se espera conocer el nombre de la persona que reemplace a Juan José Morillo, pues en enero pasado Jaime Veintimilla renunció al cargo de vocal suplente al que llegó al ser propuesto por la Defensoría Pública.

El juez nacional Luis Rivera, magistrado que estará a cargo en la primera etapa del proceso penal por obstrucción de la justicia, fue beneficiado por la extensión de su periodo a nueve años al interior de la Corte Nacional. Esa decisión fue tomada en el pleno del CJ, únicamente con los votos a favor de Terán y Muñoz, la noche del 5 de septiembre pasado, ya cuando existía el pedido para formular cargos desde la Fiscalía. (I)

Fuente: El Universo

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