En el informe elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas que sustenta el proyecto de Ley Orgánica para la mejora recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos, enviado por el presidente Daniel Noboa a la Asamblea Nacional con el carácter de urgente en materia económica, no se determina cuánto recaudaría el fisco por el impuesto a los vehículos usados que se crearía.
La iniciativa plantea aplicar un impuesto a la transferencia de los vehículos usados destinados al transporte terrestre, “con la finalidad de formalizar la actividad de compra y venta de vehículos”, y eliminar el establecido en la Ley Sustitutiva a la Ley de Creación del Fondo de Vialidad para la provincia de Loja (Fondvial).
“De acuerdo con las estimaciones, consideraciones y limitaciones señaladas por el Servicio de Rentas Internas (SRI), el impacto recaudatorio del impuesto a la transferencia de dominio de vehículos motorizados usados, propuesto en el proyecto de ley, dependerá de las tarifas finales que se establezcan en su reglamento. Es preciso señalar que, la propuesta de ley contempla tarifas progresivas, por lo que, esto deberá ser considerado en el reglamento al proyecto de ley, el cual deberá contar con dictamen previo del ente rector de las finanzas públicas y asegurar una tarifa promedio ponderada que de acuerdo a la información provista por el SRI garantice una recaudación igual o mayor al Impuesto sobre el Valor de la Compra de Vehículos Usados, refiere el documento enviado a la Asamblea Nacional, el pasado viernes.
El gobierno de Noboa presentó dos versiones de ese proyecto en menos de 24 horas.
Una llegó al Parlamento la noche del pasado jueves 7 de noviembre del 2024, en la cual se creaba un impuesto a la propiedad de todos los vehículos. Según el SRI, con aquel se esperaba recaudar $ 89,23 millones anuales.
Noboa retiró ese documento pasadas las 13:00 del 8 de noviembre y lo volvió a enviar al poco rato ya corregido, estableciendo un impuesto a los vehículos usados.
En el proyecto urgente, que reforma a la Ley de Compañía y a la Ley del Deporte, se crea la figura de la Sociedad Anónima Deportiva, en la que se prescinde de la condición de sin fines de lucro y por ello se le cobraría el Impuesto a la Renta (IR).
“De acuerdo con el informe remitido por el SRI, la aplicación de la propuesta por impuesto a la renta de las sociedades deportivas estima ingresos adicionales de $ 8,19 millones”, dice el informe del Ministerio.
La Asamblea Nacional tiene 30 días para tramitar el proyecto urgente; para aprobarlo se necesita una mayoría absoluta, o sea 70 votos.
Fuente: El Universo
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