El presidente Daniel Noboa objetó totalmente la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Cultura, aprobada por la Asamblea Nacional el pasado 1 de octubre.
En su veto, Noboa menciona, por ejemplo, que el artículo 84 del proyecto que sustituye el artículo 121 desarrolla el Programa Nacional de Innovación en Cultura. Al respecto, la norma propuesta desarrolla que: “el Ministerio de Cultura y Patrimonio a través del instituto pertinente, coordinará con las diferentes instancias públicas competentes, la creación de un Programa Nacional de Innovación en Cultura, que incluirá la creación de instrumentos de financiamiento de la innovación, y la aplicación de incentivos fiscales, a través de la creación de Reglamentos o procesos de certificación de actores, organizaciones y proyectos innovadores de la producción cultural y creativa.”
Noboa explica que la propuesta normativa representaría al país un impacto fiscal considerable, por cuanto los incentivos monetarios, exoneraciones y otros, representan una reducción en los ingresos que financian el Presupuesto General del Estado y que “en consecuencia, la ejecución de planes, programas, proyectos y actividades previstas; en este sentido, es oportuno observar la facultad que tiene el Ejecutivo para modificar, crear o eliminar tributos”, dada en el artículo 135 de la Constitución de la República.
“Toda norma que cree una obligación financiada con recursos públicos establecerá la fuente de financiamiento correspondiente”. En consecuencia, previo a proponer una norma que regule derechos y garantías, o que afecte el presupuesto nacional, debe ser analizada y cumplir lo establecido en la Constitución de la República del Ecuador y la normativa vigente”, menciona.
A su vez, el Ejecutivo refirió en su documento que existen errores también de tipo ortográfico en la referida norma.
En tanto, el proceso para la elaboración de este cuerpo normativo se inició en el año 2018 y por años se discutió con múltiples actores involucrados, según dijo en su momento el Ministerio de Cultura y Patrimonio.
Entre los cambios más relevantes realizados, constaba la eliminación del artículo 111 de la normativa, respecto al incremento paulatino del 5 % al 25 % en la asignación del Banco de Desarrollo al Fondo de Cultura.
También que la reforma fomentará el diálogo intercultural, con respeto de la diversidad y a la identidad nacional, e impulsará la libre creación, producción, valoración y circulación de productos, servicios culturales y saberes ancestrales que forman parte de las identidades diversas.
“Más que una actualización legal, la reforma es una oportunidad para reafirmar nuestro compromiso con la protección del patrimonio cultural y el fomento de la creatividad artística. El fomento cultural y artístico apoya a los creadores y gestores y contribuye al bienestar social, la cohesión comunitaria y el fortalecimiento de la identidad del Ecuador”, enfatizó cuando se aprobó la ministra Romina Muñoz Procel.
Entre otros puntos, con las reformas a la ley, se ampliaban las facultades de la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjamín Carrión y se permite que pueda crear Empresas Públicas de modo autónomo, así como robustecer sus núcleos provinciales.
Se añaden más actores y sectores artístico-culturales a ser beneficiados por las líneas de fomento y se facilita la creación de líneas de fomento patrimoniales y culturales en los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales.
Con la reforma también se establecía que al menos el 60% del gasto en espectáculos públicos de los Gobiernos Autónomos Descentralizados se destine para artistas nacionales.
Además que las orquestas sinfónicas Nacional, de Guayaquil, de Cuenca y de Loja, y, la Compañía Nacional de Danza iban a depender directamente del Ministerio de Cultura y Patrimonio.
Además, las infracciones patrimoniales y culturales iban a tener un régimen sancionatorio para que no queden en la impunidad, los servidores públicos que atenten contra el patrimonio serán sancionados y serán solidariamente responsables de los daños causados.
También se estableció que únicamente se necesitarán permisos de filmación cuando pueda haber daño ambiental.
En tanto que el Archivo Nacional tenía en la norma vetada autonomía y se fortalece su institucionalidad, así como las de sus sedes en el territorio nacional y se crea el Sistema Nacional de Archivos.
Mientras que el Museo Nacional del Ecuador estaba contemplado a ser el pilar en la gestión de museos, con autonomía administrativa y financiera, mientras que la Biblioteca Nacional ‘Eugenio Espejo’ se fortalece como depósito legal del patrimonio bibliográfico. (I)
Diario El Universo