Comisión prepara informa para el proyecto de Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales

La Comisión de Garantías Constitucionales, en el marco del tratamiento del proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC), recibió las observaciones de los jueces del Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo y Coordinador de Asesoría Jurídica de la Asamblea Nacional.

Los jueces David Acosta y Henry Aguayza señalaron la importancia de esta reforma para mejorar los trámites de justicia constitucional, enfocándose en aspectos como la liquidación de sentencias y la sugerencia de que el mismo juez que dictó la sentencia sea quien se encargue de las indemnizaciones económicas. Asimismo, remarcaron la relevancia de la justicia restaurativa para respaldar a las personas cuyos derechos han sido vulnerados. 0

Entre tanto, el coordinador general de Asesoría Jurídica de la Asamblea Nacional, Christian Proaño destacó la importancia del tratamiento de las acciones de protección, señalando que, aunque la ley establece un plazo de 48 horas para cumplir con las sentencias, este plazo no se respeta.

Sistematización de observaciones

Luis Andrés Barrionuevo, asesor de la comisión, informó sobre las observaciones recibidas, las que serán analizadas para incluir en el informe final. Entre los puntos más relevantes de las reformas se incluyen: reparaciones económicas, competencias, comparecencia de personas y terceros, tiempo mínimo de intervenciones, plazos para las reparaciones, apelaciones y la prohibición de medidas cautelares.

La legisladora Patricia Mendoza realizó observaciones sobre varios artículos del proyecto, sugiriendo modificaciones para su mejora; mientras que el legislador Adrián Castro agradeció a los comparecientes por sus aportes, especialmente sobre aquellas observaciones referentes a las garantías constitucionales.

Por último, Jhajaira Urresta enfatizó que las observaciones buscan proteger a los ciudadanos frente a la vulneración de sus derechos.

SH/am

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