Militante de la Izquierda Democrática impugnó la candidatura presidencial de Carlos Rabascall

El parlamentario andino Paúl Desamblanc, de las filas de la izquierda Democrática (ID), lista 12, objetó la candidatura presidencial de Carlos Rabascall, inscrita por la agrupación política a la que pertenece.

Desamblanc argumentó ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) que la directiva del partido modificó los reglamentos internos para permitir la postulación de Rabascall.

El artículo 6 del Estatuto Interno de la ID establecía los requisitos con los que debe contar todo afiliado con la finalidad de ser elegido a las dignidades de las directivas del partido o de elección popular: a) Tener por lo menos dos años de afiliación activa al partido; b) Estar al día en sus contribuciones y aportes, certificado por el responsable económico del partido; c) No haber sido expulsado de ninguna organización política; d) Haber cursado procesos de capacitación y formación política, certificado por el Instituto de Capacitación Manuel Córdova Galarza; y, e) los demás establecidos en la Constitución y la ley.

Pero en una sesión del Consejo Ejecutivo Nacional, realizada el 4 de agosto del 2024, se aprobó el reglamento interno para los procesos de Democracia Interna de la agrupación y se retiró como requisito el literal “a” ya citado. Dicha reunión, según el denunciante, se instaló pese a que no tenía el quorum reglamentario.

Unos días antes, el 27 de julio, Rabascall participó en un evento en Quito en el que se afilió a la agrupación. Y el 16 de agosto se proclamó su postulación en una asamblea realizada en Portoviejo.

De ahí que Desamblanc afirma que “reglamento fue aprobado con la finalidad de proceder a la inscripción de la candidatura del señor Carlos Rabascall, quien no cumple con un requisito fundamental, que es, tener por lo menos dos años de afiliación activa al partido Izquierda Democrática; según la norma determinada en el literal a) del artículo 6 del Estatuto de la Izquierda Democrática. Norma suprema de los partidos políticos, al tenor de lo dispuesto en el artículo 321 del Código de la Democracia”, indica el escrito, ingresado en el CNE el pasado sábado 5 de octubre.

El denunciante pidió al CNE que rechace la postulación de Rabascall.

El CNE se halla en proceso de calificación de las candidaturas de los binomios presidenciales y de los legisladores y parlamentarios andinos.

Fuente: El Universo

ra

COMPARTIR ESTA NOTICIA

Facebook
Twitter

FACEBOOK

TWITTER