La legisladora Gissela Garzón presentó una propuesta de reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP), para tipificar el ciberacoso como un delito, enfocándose en proteger a las víctimas de hostigamiento y violencia a través de medios digitales.
El ciberacoso, según el artículo nuevo incorporado 154.3 del COIP, abarcará una serie de acciones como intimidación, persecución, amenazas y difamación, las cuales pueden afectar la integridad física, emocional y el derecho a la privacidad de las personas.
La pena prevista para este delito será de uno a tres años de prisión, y puede aumentar a cinco años si la víctima sufre alteraciones en su vida cotidiana o teme por su seguridad.
La urgencia de esta reforma se ve reflejada en datos del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), que indican que el 12 % de las mujeres en Ecuador ha sido víctima de violencia psicológica a través de medios tecnológicos, y en el aumento de casos de ciberacoso en los últimos años, con más de 2.500 denuncias de delitos informáticos solo en 2021. Además, informes de UNICEF revelan que el 24 % de adolescentes han sido víctimas de ciberacoso en redes sociales.
Según la propuesta, la violencia digital afecta no solo la privacidad de las personas, sino también sus derechos humanos y bienestar psicológico, siendo un problema creciente que requiere una acción legislativa clara y efectiva.
“Esta forma de violencia, lamentablemente es cada vez más frecuente, no solo afecta la esfera privada de las personas, sino que también vulnera sus derechos constitucionales y su bienestar psicológico”, señaló la asambleísta Garzón.
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