Alianzas electorales garantizan 20 % más de monto de promoción electoral y la asignación igualitaria de votos entre los partidos

Este 30 de agosto vence el plazo para que los partidos y movimientos políticos inscriban sus alianzas para participar en las elecciones generales del 9 de febrero de 2025. Participar en conjunto trae consigo incentivos legales y económicos que son promovidos desde el mismo Consejo Nacional Electoral (CNE) con miras a evitar la dispersión de candidatos y del voto.

Hasta el momento son 17 los binomios presidenciales que surgieron de los procesos de democracia interna que se desarrollaron entre el 3 y el 17 de agosto del 2024, pero es muy probable que no todos lleguen a la papeleta y desistan de sus candidaturas cuando ya se oficialicen las alianzas políticas.

Las alianzas para estos comicios están permitidas entre partidos y movimientos de ámbito nacional y provincial. Actualmente, en el registro nacional del CNE figuran 7 partidos, 10 movimientos nacionales y 69 movimientos provinciales. Los 136 movimientos cantonales y los 17 movimientos parroquiales que también existen no pueden ser parte.

En las últimas reformas hechas al Código de la Democracia se incluyó un incentivo para forjar estas alianzas. En uno de los incisos del artículo 202 se estableció que los partidos recibirán un 20 % adicional al monto asignado para promoción electoral por cada organización política participante, pero solo cuando sea entre aquellas del mismo nivel territorial-electoral, de acuerdo con cada tipo de candidatura.

En cuanto a los beneficios legales, el cómputo del porcentaje de votación obtenido por una alianza se asigna a todas las organizaciones participantes en la alianza.

Este escenario termina por convertirse para los partidos en una especie de herramienta para “sobrevivir” y no desaparecer si participan junto con organizaciones más fuertes.

Diario El Universo

COMPARTIR ESTA NOTICIA

Facebook
Twitter

FACEBOOK

TWITTER