Reformas al Cootad plantean pérdida del cargo de las autoridades seccionales tras 90 días de ausencia temporal

Un proyecto de reformas al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad) plantea que los gobernadores regionales, prefectos, alcaldes, alcaldes metropolitanos y presidentes de juntas parroquiales rurales pierdan el cargo cuando su ausencia temporal supere los 90 días consecutivos.

La medida operaría por mandato de la ley, sin necesidad de una declaratoria o resolución previa de los órganos legislativos locales.

La propuesta establece que, una vez cumplido ese plazo, la ausencia temporal se convierta automáticamente en definitiva y se activen las reglas de subrogación, reemplazo o sucesión previstas en la normativa. El cambio busca fijar un límite para la permanencia fuera de funciones de las autoridades de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD).

Los cambios para autoridades seccionales

Las reformas planteadas modifican los artículos 52, 62 y 71 del Cootad, relacionados con las ausencias temporales de los prefectos, alcaldes y presidentes de juntas parroquiales rurales, respectivamente.

En los tres casos se incorpora el límite de 90 días continuos, tras el cual la ausencia se considerará definitiva por ministerio de la ley, sin que sea necesaria una resolución previa del consejo provincial, concejo municipal o junta parroquial rural.

Una disposición similar se incorpora para los gobernadores regionales, figura que consta en la Constitución de Montecristi desde 2008 pero que nunca se ha aplicado en el país.

El proyecto reforma, asismismo, el artículo 39 del Cootad y determina que su ausencia temporal tampoco podrá superar los 90 días consecutivos. Cumplido ese plazo, se configurará la ausencia definitiva y se aplicarán inmediatamente las reglas de subrogación, reemplazo o sucesión previstas en la normativa.

En el caso de los alcaldes metropolitanos la disposición es similar pero agrega otras situaciones, según la reforma al artículo 94 del Códigod e Ordenamiento Territorial.

Así, las actuaciones realizadas mediante medios telemáticos, electrónicos o mecanismos de comunicación a distancia no interrumpirán el cómputo de los 90 días de ausencia temporal.

Una excepción se aplicaría cuando la reincorporación presencial responda a medidas de protección dispuestas por una autoridad competente, siempre que se garantice el ejercicio efectivo y continuo de las atribuciones del cargo.

Los cambios sobre la ausencia definitiva de las autoridades de los GAD fueron planteados por el asambleísta Sergio Peña, exintegrante de la Revolución Ciudadana (RC) y ahora aliado del oficialismo, durante una sesión de la comisión legislativa encargada del proyecto.

Los casos de Chonillo, Álvarez, Núñez y Montalván

La propuesta se conoce en un contexto en el que varias autoridades locales han afrontado situaciones que les han impedido ejercer sus funciones de manera presencial.

Uno de los casos es el del alcalde de Durán, Luis Chonillo, quien encabeza las sesiones del concejo cantonal de manera telemática desde el 14 de agosto de 2024, luego de salir del país por motivos de seguridad tras sufrir un atentado en su contra y otros hechos violentos registrados en esa jurisdicción.

En Guayaquil, el alcalde Aquiles Álvarez permanece ausente de sus funciones en el municipio porteño desde el 11 de febrero de 2026, cuando fue detenido en el marco de una investigación de presunto lavado de activos, dentro del caso Goleada.

Álvarez ha recurrido a licencias sin remuneración y la subrogación de funciones a Tatiana Coronel, mientras se le sigue el proceso judicial. Incluso ya tiene sentencias en los casos Triple A, relacionado con la presunta comercialización ilegal de combustibles (de primera instancia); y Grillete, por presunto incumplimiento de una orden legítima de autoridad competente (ya en fase de casación).

Asimismo, en Esmeraldas, el alcalde de Esmeraldas, Vicko Villacís, fue detenido por presunto lavado de activos en el denominado caso Blindaje en junio de 2026. Inicialmente el Concejo le concedió un periodo de licencia de 44 días con cargo a vacaciones, pero otro pedido de licencia sin remuneración de 60 días le fue negado. Pese a ello, él no ha sido removido del cargo, y la vicealcaldesa Laura Yagual, ejerce funciones como alcaldesa subrogante.

Otro caso es el de la prefecta de Santo Domingo de los Tsáchilas, Johana Núñez, quien dejó de asistir a su despacho desde el 6 de septiembre de 2026, tras una orden de prisión preventiva dentro de una investigación penal por presunto enriquecimiento ilícito. Pidió una licencia sin remuneración, pero Cámara Legislativa del Gobierno Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas (conformada por los acaldes y representantes de las juntas parroquiales) se la negó.

En el cantón Vinces, provincia de Los Ríos, el alcalde Alfonso Montalvan, que fue detenido por presunto lavado de activos, también recurrió a un pedido de licencia por 60 días. Daniela Sauhing asumió el cargo como alcaldesa subrogante.

En principio, de ser aprobada, la normativa se aplicará hacia el futuro. Aunque dependerá de lo resuelva la Asamblea Nacional y de las condiciones jurídicas que correspondan en cada situación.

Otras reformas

Además de regular las ausencias temporales y las causales de remoción de autoridades, incluye modificaciones sobre los requisitos para crear cantones y parroquias rurales, seguridad y convivencia ciudadana, y atribuciones de prefectos, viceprefectos y concejales municipales.

También plantea ajustes en materia de vialidad rural provincial, despliegue de infraestructura de telecomunicaciones, contribuciones especiales de mejoras, uso de bienes de dominio público para la prestación de servicios públicos y procedimientos de expropiación especial para asentamientos humanos consolidados.

El informe para primer debate del proyecto fue aprobado el pasado martes, 3 de noviembre, con siete votos a favor, provenientes de legisladores de Acción Democrática Nacional (ADN) y sus aliados.

El asambleísta Xavier Lasso, de la Revolución Ciudadana (RC), votó en contra, mientras que su coidearia Sandra Figueroa se abstuvo.

El proyecto de ley contempla cambios en 45 artículos del Cootad, nueve disposiciones transitorias, tres disposiciones reformatorias y una disposición final.

El documento deberá pasar al debate y resolución del Pleno de la Asamblea Nacional antes del inicio del período de vacancia legislativa, previsto del 12 al 26 de noviembre de 2026.

Por ahora, se trata de una propuesta que todavía debe superar el trámite legislativo para convertirse en ley.

Fuente: El Universo

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