Caso Sinohydro: pedido de revisión de medidas cautelares hecho por la Fiscalía contra los 20 condenados por cohecho sigue sin juez que lo conozca

Han pasado ya dos meses desde que el fiscal general encargado, Carlos Alarcón, solicitó la revisión de las medidas cautelares de los veinte condenados en el caso Sinohydro, como autores directos y cómplices del delito de cohecho, y hasta el momento en la Corte Nacional de Justicia (CNJ) no existe un juez que asuma el pedido.

La mañana del 31 de agosto pasado, días después de confirmada la sentencia para los procesados por cohecho, la Fiscalía solicitó la revisión de las medidas cautelares personales que pesan sobre ellos, pidiendo que se señale día y hora para la audiencia respectiva. Desde que fueron vinculados al caso Sinohydro, en su mayoría los hoy condenados mantienen medidas cautelares de presentación periódica.

Los condenados por el delito de cohecho:
Entre el 28 y 29 de agosto últimos, un tribunal de juzgamiento de la CNJ emitió una sentencia condenatoria contra siete procesados como autores directos a cinco años de cárcel. Entre ellos está el exvicepresidente Lenín Moreno, el empresario Conto Patiño, el exembajador de China en Ecuador Cai Runguo y los ciudadanos chinos Yan Huiju y Song Dongsheng, parte de Sinohydro.

Los ecuatorianos Luciano Cepeda, ex gerente técnico y ex gerente general de CocaSinclair EP, y Henry Galarza, ex gerente general de CocaSinclair EP, también fueron ubicados como autores directos del delito de cohecho, pero recibieron una pena de solo tres años de privación de libertad.

En cambio, como cómplices fueron condenados a dos años y seis meses de prisión la esposa, la hija, dos hermanos y una cuñada de Lenín Moreno: Rocío González, Irina Moreno González, Guillermo y Edwin Moreno Garcés y Martha González, respectivamente. También en esa lista están personas del entorno cercano a Conto Patiño: sus hijos Juan Carlos, Patricia, Manuel y María Auxiliadora Patiño y su yerno Xavier Macías, y los abogados Eduardo Carmigniani y Carlos Almeida.

María Augusta Baquero, esposa del coprocesado Luciano Cepeda, pese a ser ubicada como cómplice, recibió una pena menor que el resto, es decir, un año y seis meses de cárcel.

La Fiscalía determinó en el juicio que en el caso Sinohydro operó una red de sobornos de aproximadamente $ 76,1 millones (equivalentes al 4 % del valor del contrato), canalizados mediante consultorías ficticias, intermediarios y un entramado societario en Ecuador y Panamá

La discrepancia entre el tribunal de juicio y el conjuez:
Definida oralmente la condena por los jueces penales de la CNJ Manuel Cabrera (ponente), Daniella Camacho y Julio Inga, el fiscal Alarcón le planteó a la sala la solicitud de revisión de medidas. La respuesta que recibió la Fiscalía fue que el tribunal de juicio no es competente para pronunciarse respecto a la revisión de las medidas cautelares de carácter personal impuestas a los procesados por el juez de instrucción.

“En consecuencia, corresponde remitir, a través de Secretaría de la Sala, el pedido formulado en ese sentido por el señor fiscal general del Estado, encargado, para que el mismo se ponga en conocimiento del juzgador a cargo de la etapa de instrucción de manera inmediata, quien resolverá lo que corresponda”, anotó la respuesta.

Por sorteo, el 4 de septiembre último, se colocó como juez de instancia del caso Sinohydro al magistrado Rodrigo Sarango.

En una providencia del 23 de octubre pasado, el conjuez se inhibe del conocimiento de la causa explicando que del estado actual procesal se desprende que “el juez de la etapa evaluatoria y preparatoria de juicio no es competente para convocar a la audiencia de revisión de las medidas cautelares de las personas procesadas, solicitado por la Fiscalía, discrepando con el auto del 1 de septiembre de 2026, por cuanto la competencia de la causa se encuentra radicada en el tribunal de juicio”.

Con ese análisis, Sarango se declaró no competente para tramitar y resolver la petición formulada por Fiscalía.

El recurso de revisión en el COIP:
El artículo 521 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) vigente, que se refiere a la audiencia de sustitución, revisión, revocatoria o suspensión de medida cautelar y protección, explica que esta diligencia se dará cuando concurran hechos nuevos que así lo justifiquen o se obtengan evidencias nuevas que acrediten hechos antes no justificados. Cuando existan esos nuevos hechos, el fiscal o el defensor público o privado, de considerarlo pertinente, solicitará al juzgador la sustitución de las medidas cautelares por otras.

Actualmente, el expresidente Moreno, su esposa, su hija, sus dos hermanos y su cuñada cumplen la medida cautelar de presentación periódica. En el caso de Moreno y su esposa, su presentación periódica la cumplían en la Embajada de Ecuador en Paraguay; pero desde mayo pasado, cuando retornaron al país, lo hacen mensualmente en la Corte Nacional. En cambio, la hija de ambos, Irina Moreno, lo hace en la delegación diplomática de Ecuador en Miami (Estados Unidos).

En la lista contra quienes se pidió la revisión de la medida cautelar consta María Auxiliadora Patiño y su esposo, Xavier Macías Carmigniani, quienes se encuentran en Panamá detenidos a la espera de que se desarrolle su proceso para ser extraditados a Ecuador. Inicialmente se les definió presentación periódica en Ecuador; pero, al no cumplirla, se les cambió esa medida por una orden de prisión preventiva, la cual desembocó en la captura en Panamá por parte de agentes de Interpol (Policía Internacional, por sus siglas en inglés). (I)

Fuente: El universo

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