Acuerdos comerciales: Exportadores piden a Corte Constitucional dar prioridad a trámites con tres países

El sector exportador no petrolero de Ecuador lleva meses esperando que culminen con éxito los procesos internos para la ratificación de los acuerdos comerciales con Estados Unidos, Canadá y Emiratos Árabes Unidos, que contemplan beneficios para los productos ecuatorianos.

Por esa razón, la Federación Ecuatoriana de Exportadores (Fedexpor) presentó un oficio a la Corte Constitucional (CC) en el que señala que están “pendientes de dictamen diversos procesos vinculados a la apertura comercial del país”.

El gremio menciona los siguientes instrumentos que están en proceso:

  • Acuerdo de Libre Comercio entre Ecuador y Canadá: firmado el 24 de julio de 2026 en Otawa.
  • Acuerdo de Comercio Recíproco entre Ecuador y los Estados Unidos: firmado el 13 de marzo de 2026 en Washington.
  • Acuerdo de Asociación Económica Integral (CEPA) entre la República del Ecuador y los Emiratos Árabes Unidos: firmado el 1 de marzo de 2026 en Quito.

La misiva fue suscrita el 20 de octubre por Xavier Rosero, presidente ejecutivo de Fedexpor, y está dirigida a los jueces Jhoel Escudero, presidente de la Corte Constitucional, y Karla Andrade, vicepresidenta de la CC.

Rosero destaca que la agenda comercial del país y este tipo de instrumentos son de gran importancia para el sector exportador.

Explica que actualmente solo el 53 % de las exportaciones no petroleras cuenta con cobertura de acuerdos comerciales; mientras que otros países vecinos como Colombia, Perú y Chile tienen coberturas de más del 85 %.

Y que esa diferencia pone en desventaja competitiva a la oferta ecuatoriana, advierte Rosero.

“El acceso preferencial permitiría competir en igualdad de condiciones, diversificar la oferta exportable y abrir oportunidades para el tejido empresarial del país”, señala el dirigente.

Por ello, solicitó a la Corte “que se considere dar atención prioritaria a la sustanciación y emisión de los dictámenes pendientes”, dentro de los plazos y procedimientos previstos en la ley y la Constitución.

En la carta, el presidente de la Fedexpor indica que el sector exportador no petrolero representa más del 23 % del producto interno bruto (PIB) nacional y genera más de un millón y medio de empleos directos e indirectos.

Asamblea debe aprobar acuerdo con Estados Unidos

El pasado 15 de octubre, la Corte Constitucional emitió un dictamen en el que determinó que el Acuerdo de Comercio Recíproco (ART, por sus siglas en inglés) con Estados Unidos requiere la aprobación de la Asamblea Nacional previo a su ratificación.

La Corte concluyó que este tratado internacional se encuentra incurso en las causales previstas en el artículo 419 numerales 3 y 6 de la Constitución y, en consecuencia, requiere de aprobación por parte de la Asamblea.

Las causales mencionadas establecen que la ratificación de tratados internacionales necesitará el aval del Legislativo cuendo contengan el compromiso de expedir, modificar o derogar una ley; y cuando comprometan al país en acuerdos de integración y de comercio.

El dictamen además dispone la publicación del texto del acuerdo en el Registro Oficial y en el portal electrónico de la CC, para que en un plazo de diez días, desde su publicación, cualquier ciudadano intervenga defendiendo o impugnando su constitucionalidad parcial o total.

Hasta el 23 de octubre el dictamen no había ingresado a la Asamblea Nacional.

No obstante, en el expediente del caso 1-26-TI consta la notificación del dictamen, con fecha 16 de octubre, por correo electrónico, a la presidenta de la Asamblea Nacional, Mishel Mancheno, así como a la directora del Registro Oficial, Jaqueline Vargas, y a más personas.

Inicialmente, cuando se firmó el acuerdo con Estados Unidos, el Gobierno destacó que el instrumento liberaría de la sobretasa arancelaria del 10 % – que regía en ese momento- para el 53 % de las exportaciones no petroleras de Ecuador hacia Estados Unidos, lo que equivalía a $ 2.786 millones en comercio, según datos de 2025.

Esa sobretasa terminó en julio, pero inició una nueva del 10 % para varios países, incluyendo Ecuador; sin embargo, el porcentaje es menor al de otros países como Colombia, cuyas exportaciones a EE. UU. gravan el 12,5 %.

La decisión de Washington se sustentó en la revisión de incumplimiento de prohibiciones relativas a la importación de productos elaborados con trabajo forzoso. (I)

Fuente: El Universo

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