En un giro judicial significativo, la Fiscalía General de la Nación reformuló la acusación contra el cantante Stiven Mesa, conocido artísticamente como Blessd. El ente acusador descartó el delito de secuestro extorsivo y lo reemplazó por constreñimiento ilegal, modificando así el rumbo del proceso que se adelanta en Medellín.
De acuerdo con información conocida en exclusiva, durante una audiencia de reformulación de imputación, la Fiscalía ajustó la calificación jurídica del caso. Esto implica que la investigación ya no se sustenta en la presunta existencia de un secuestro contra Andrés Felipe Sánchez Quintero, sino en una figura penal distinta.
El cambio en la imputación tiene consecuencias directas en las posibles sanciones. El secuestro extorsivo contemplaba una pena mínima de 320 meses de prisión, mientras que el constreñimiento ilegal parte de una sanción de apenas 18 meses. La variación, por tanto, reduce drásticamente el riesgo penal para el artista.
La decisión de la Fiscalía se produjo tras el debate judicial y el análisis de los elementos que sustentaban la acusación inicial. La jueza del caso, en audiencias previas, concluyó que las pruebas presentadas no permitían inferir con la suficiencia requerida que Sánchez Quintero hubiera sido privado de la libertad, un punto central para la hipótesis de secuestro extorsivo.
Asimismo, la Procuraduría General de la Nación se opuso a la solicitud de una medida de aseguramiento. El Ministerio Público cuestionó que los elementos debatidos acreditaran la configuración del delito de secuestro. Finalmente, el despacho judicial no impuso ninguna medida restrictiva contra Blessd ni contra los demás procesados, por lo que todos continúan en libertad mientras ejercen su derecho de defensa dentro de la investigación por constreñimiento ilegal.
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Fuente: Infobae