Steeven M. A. y Jefferson T. P., capturados por el atentado terrorista frente a un reconocido centro comercial de la av. Joaquín Orrantia (Guayaquil), ahora enfrentan un proceso penal por el delito de terrorismo y deben cumplir prisión preventiva.
En dicha zona de alto flujo comercial y turístico, el 14 de octubre del 2025, una camioneta de color plomo estalló y ocasionó la muerte de una persona, así como heridas a otras. A pocos metros, un segundo auto celeste, tipo sedán, fue encontrado con cuatro tanques de gas cargados con explosivos de alto poder, los cuales fueron desactivados por equipos antiexplosivos de la Policía.
Luego de diez meses de investigaciones, la Policía dio con la captura de estos dos nuevos implicados. Semanas atrás, otros cuatro habían sido detenidos también por su presunta vinculación al evento violento.
El Ministerio del Interior atribuyó este atentado al grupo de delincuencia organizada Los Lobos, que habría buscado intimidar al Gobierno por los traslados de cabecillas que se realizaban en esa época hacia la cárcel del Encuentro, ubicada en Santa Elena.
Los dos automotores usados, que tenían placas adulteradas, salieron desde la cooperativa San Francisco y fueron abandonados en los bajos del edificio Business Plaza, según la secuencia de cámaras.
Dentro del proceso abierto por terrorismo, la Fiscalía reveló detalles de las pesquisas que permitieron determinar el grado de participación que habrían tenido los dos nuevos detenidos.
La Policía dio seguimiento a cámaras del ECU911, instituciones públicas y privadas para reconstruir la ruta de escape de los causantes del atentado que causó conmoción en la población.
El vehículo tipo camioneta, de marca Great Wall, estalló por un sistema de iniciación no eléctrico con combustión por fuego generado con hidrocarburos. El mismo generó una detonación “incompleta”, según Fiscalía. El otro auto, de marca Renault, tenía cuatro cilindros con 112 libras de alto explosivo secundario emulsión, que fue neutralizado, caso contrario los daños habrían sido mayores.
Según las indagaciones, los dos implicados huyeron inicialmente en una motocicleta manejada por un tercer sujeto. Cerca de una gasolinera, que conecta a la av. Juan Tanca Marengo y Las Américas, el conductor del segundo automotor, que sería Jefferson T., pasó a manejar la moto y se retiró del lugar.
Mientras, los otros dos sujetos, el conductor de la camioneta y el primero de la moto, movieron la camioneta unos metros más adelante y se retiraron antes de que ocurriera la explosión. Ellos terminaron huyendo en un bus de la línea 85, donde además se cambiaron de indumentaria de camisetas y gorra.
En las revisiones de cámaras, la Fiscalía sostuvo que se evidenció la presencia de tatuajes de Steeven M. en el momento del cambio de ropa.
En el seguimiento de cámaras, además, los agentes investigadores determinaron el domicilio de Lomas de la Florida, donde el pasado miércoles se dio con la detención de Jefferson T.
Dentro de los datos recogidos durante la investigación, la Fiscalía recopiló un informe de la Unidad Nacional de Sistemas Especializados que reportó el cotejo biométrico positivo de una huella dactilar de Steeven M. en un cristal del vehículo sedán, que no explotó.

A la par se incluyeron dentro de esos elementos el informe investigativo de la Policía en relación a la secuencia de imágenes de seguimiento a la moto que terminó llegando hasta Lomas de la Florida, donde habita Jefferson T., así como identificaciones de otras fuentes. Además, se anexaron seguimientos e interceptaciones a Steeven M. en las calles Letamendi y Abel Gilbert.
La ruta de escape que habrían tomado los sospechosos se cumplió en días posteriores al atentado y, una vez obtenidas las grabaciones, se hizo el rastreo de la motocicleta y los sospechosos. Al determinar el arribo al domicilio de Florida, se dio seguimiento para identificarlos plenamente y cumplir con las órdenes de detención.
Dentro del proceso, la defensa de Steeven M. cuestionó el pedido de Fiscalía de prisión preventiva con base en un informe técnico preliminar de coincidencias biométricas y advirtió que el hallazgo de un celular, sin memoria, en su domicilio no demuestra participación logística o material en los hechos del día del atentado.
El defensor de Jefferson T. rechazó también el pedido de privación de libertad e hizo cuestionamientos a lo presentado por Fiscalía. Sostuvo que su defendido habría residido en Manabí en el momento de los hechos y llevaba poco tiempo en el sitio donde lo capturaron.
En su resolución, la jueza de flagrancia dio paso al inicio de la instrucción fiscal de 90 días en contra de Jefferson T. y Steeven M. por el artículo 366, incisos primero, segundo numeral 9 e inciso tercero del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Dicho artículo sanciona este delito con penas de 10 a 13 años, aunque puede imponerse una sanción de 22 a 26 años en caso de producir la muerte de una o más personas.
La magistrada sostuvo que existían elementos de convicción suficientes derivados de vigilancias, seguimientos, pericias biométricas, rastreos de cámaras y dispositivos electrónicos que vinculan a ambos procesados en la planificación, ejecución y huida. (I)
Fuente: El Universo