Judicatura elimina las unidades anticorrupción y divide opiniones sobre la eficiencia del sistema

La decisión del Consejo de la Judicatura (CJ) de suprimir las dependencias especializadas en el juzgamiento de delitos de corrupción y crimen organizado y trasladar sus competencias a otros jueces penales divide a juristas.

Mientras una de las posiciones considera que la medida permitirá descongestionar el sistema y acelerar los procesos, la otra advierte posibles problemas de competencia que podrían terminar en nulidades.

El cambio fue aprobado este 7 de septiembre por el pleno de la Judicatura en el marco de la emergencia de la Función Judicial. Según el organismo, el modelo especializado presentaba un desequilibrio en la carga de trabajo: el Tribunal Anticorrupción, integrado por nueve magistrados, registró 234 casos en doce meses, mientras otras dependencias penales superaban el 100 % de su capacidad.

La respuesta del CJ es ampliar la cantidad de juzgadores habilitados para conocer estos procesos.

La institución sostiene que se pasará de 19 a más de 50 jueces, con competencias distribuidas entre dependencias penales de Iñaquito y la Corte Provincial de Pichincha.

Para el abogado y presidente del Colegio de Abogados de Pichincha, Paúl Ocaña, este cambio puede traducirse en mayor celeridad porque las causas dejarán de concentrarse en un número reducido de magistrados.

César García, director del Colegio de Abogados del Guayas, coincide en que contar con más jueces puede ayudar a descongestionar el sistema, pero considera que la cantidad no necesariamente resuelve el problema si los nuevos juzgadores no tienen la preparación y las competencias legales necesarias. A su criterio, la discusión no debe centrarse únicamente en cuántos jueces conocerán las causas, sino también en bajo qué reglas podrán hacerlo.

La especialización es uno de los puntos en los que los abogados discrepan.

Ocaña considera que el conocimiento requerido puede ser trasladado a los nuevos jueces mediante capacitación. Por eso, plantea que la Escuela de la Función Judicial prepare a los juzgadores que asumirán estas causas, especialmente en los delitos de corrupción y crimen organizado que no formaban parte de su carga habitual.

“Debería haber estas capacitaciones para que los jueces puedan atender en forma oportuna, ágil y con conocimiento dichos procesos”, afirmó.

García opina, en cambio, que esa capacitación será necesaria, pero advierte que no necesariamente sustituye la experiencia acumulada por los jueces especializados.

Según explicó, quienes integraban estas unidades recibieron formación específica y pasaron por filtros para asumir procesos considerados complejos. Con la redistribución, sostiene, aumentará el número de jueces, pero también la posibilidad de que existan diferencias en su nivel de preparación.

El abogado considera que la especialización tiene un valor particular en investigaciones de corrupción y crimen organizado, debido a la complejidad de los procesos. Por ello, plantea que, si la intención era eliminar las unidades, debía existir un mecanismo que garantice que los jueces que asuman sus competencias tengan una preparación equivalente.

El segundo punto de discrepancia está en la competencia de los jueces.

García sostiene que este es el principal problema de la resolución de la Judicatura. Según su interpretación, el Código Orgánico de la Función Judicial establece una competencia nacional para los jueces especializados en estos delitos.

Por ello, considera que la Judicatura puede suprimir una unidad, pero no puede, mediante una resolución administrativa, otorgar a jueces ordinarios de Quito una competencia nacional que no estaría establecida en la ley.

La consecuencia, advierte, podría trasladarse a los propios procesos. Las defensas de los procesados podrían cuestionar la competencia de los nuevos jueces y solicitar la nulidad de actuaciones. “Por querer tener resultados inmediatos, que eso es lo que intentan cuando nombran a más jueces, se está generando una lluvia de nulidades”, sostuvo.

Ocaña tiene una opinión distinta sobre este escenario. Desde su lectura, la eliminación de los jueces especializados permite regresar a un esquema general de jueces penales y considera que esto favorece el debido proceso. Su preocupación está más relacionada con que los nuevos juzgadores tengan los conocimientos necesarios para resolver las causas.

La discusión sobre la competencia también alcanza a la extinción de dominio. La Judicatura sostiene que la redistribución permitirá contar con más jueces para acelerar estos procedimientos y facilitar la recuperación de bienes de origen ilícito.

García cuestiona ese argumento porque, según señala, la Ley de Extinción de Dominio establece que las acciones correspondientes deben ser conocidas por jueces especializados en corrupción y crimen organizado. En su interpretación, esto genera otra posible contradicción entre la resolución administrativa y la legislación vigente.

Por eso plantea que, si el objetivo de la Judicatura era mantener en Quito una competencia nacional para estos procesos después de eliminar las unidades especializadas, debía impulsar una reforma al Código Orgánico de la Función Judicial en la Asamblea Nacional.

El abogado propone, como alternativa, que una vez suprimidas las unidades especializadas, las causas sean conocidas por los jueces penales correspondientes a cada circunscripción territorial. Si se pretende mantener una competencia nacional concentrada en Quito, considera necesario modificar primero la ley.

Ambos abogados coinciden en que la nueva estructura tendrá que ser evaluada a partir de sus resultados, aunque plantean distintos parámetros.

Ocaña considera que se deberá revisar cuántos procesos comienzan a atender los nuevos jueces, cuánto tiempo toman en resolverlos y si las decisiones cumplen con los requisitos de motivación y conocimiento especializado.

García plantea que esas estadísticas no serán suficientes. Para él, además de medir la cantidad de causas procesadas y la rapidez de las decisiones, habrá que observar su calidad jurídica y determinar si los cuestionamientos sobre competencia terminan provocando nulidades.

La propia Judicatura sostiene que uno de los objetivos de la reforma es aumentar la capacidad de respuesta frente a estos delitos. Los procesos que ya tienen audiencias instaladas o suspendidas permanecerán con los jueces que actualmente los conocen.

La preocupación de Naciones Unidas
A la discusión se suma la posición de Margaret Satterthwaite, relatora especial de Naciones Unidas sobre la independencia de magistrados y abogados, quien expresó su preocupación por la supresión de la unidad especializada.

En una publicación en X, Satterthwaite señaló que la unidad ya operaba al 50 % de su capacidad después de la suspensión de tres jueces y recordó que la propia Judicatura declaró una emergencia judicial debido al déficit de juzgadores.

La relatora sostuvo que los estándares internacionales exigen que los Estados garanticen que los tribunales cuenten con los recursos y la capacidad necesarios para administrar justicia de manera efectiva. También señaló que las medidas que afecten la capacidad del sistema judicial requieren un escrutinio particular.

El nuevo modelo deberá demostrar si el aumento del número de jueces se traduce en procesos más rápidos y decisiones válidas, sin que la pérdida de especialización o los cuestionamientos sobre competencia terminen afectando las causas de corrupción y crimen organizado que busca atender.

Fuente: El Universo

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