Condenan a Julio De Vido por direccionamiento de gasoductos Odebrecht

El Tribunal Oral Federal 2 dio a conocer los fundamentos de su veredicto en el juicio Odebrecht, donde impuso condenas de ejecución condicional al exministro de Planificación Julio De Vido, al exsecretario de Energía Daniel Cameron y al exsubsecretario Cristian Folgar.

Los magistrados determinaron que el desvío de la voluntad estatal en la ampliación de los gasoductos TGN y TGS no fue un hecho aislado, sino una serie de decisiones administrativas que terminaron beneficiando a la constructora brasileña Odebrecht, en contrataciones vinculadas con obras de transporte de gas entre 2006 y 2008.

Además, señalaron que Daniel Cameron fue quien lideró el proceso desde la Secretaría de Energía, mientras que Julio De Vido y Cristian Folgar proporcionaron el respaldo político y funcional indispensable para materializarlo.

En cuanto al rechazo del planteo de prescripción por plazo razonable, el tribunal explicó que la causa, iniciada en 2007, se prolongó debido a la complejidad de la investigación, la cantidad de organismos involucrados y la necesidad de reconstruir el entramado administrativo y financiero.

Para Daniel Cameron, fijaron una condena de tres años de prisión condicional e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, como autor de negociaciones incompatibles con la función pública. Julio Miguel De Vido recibió la misma pena como partícipe necesario, mientras que Cristian Alberto Folgar fue condenado a dos años y seis meses.

Por otra parte, el exvicepresidente de CAMMESA, Luis Beuret, fue absuelto por el beneficio de la duda, y el exsubgerente de la compañía, Julio Armando Bragulat, quedó absuelto al no existir acusación fiscal en su contra.

La trama del delito

El TOF 2, conformado por Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Néstor Costabel, señaló que la contratación de Odebrecht fue direccionada incluso antes de que existiera una compulsa formal.

TOF 2 en Odebrecht: jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Néstor Costabel

Fotografía: RSFotos

Detallaron que la maniobra se apoyó en normas, instrucciones internas, reuniones previas con la firma brasileña y un esquema administrativo que terminó dejando a CAMMESA como eje en la selección del proveedor para las obras.

En este contexto, Daniel Cameron ocupó un rol determinante porque reunía dos funciones simultáneas: era secretario de Energía y presidente del directorio de CAMMESA. Esa doble posición, según los jueces, le permitió dictar directivas y, al mismo tiempo, participar en el organismo encargado de ejecutarlas.

El fallo reconstruyó que Odebrecht ya había iniciado contactos con Cameron desde octubre de 2005, varios meses antes de que se abriera la convocatoria pública.

La sentencia identificó como un punto crítico el trato desigual otorgado a las empresas interesadas. Mientras Odebrecht dispuso de aproximadamente 60 días para desarrollar su propuesta financiera, a Roggio/ICA se le concedieron apenas cinco días, un plazo que la excluyó del proceso. Con Camargo Correa también descartada, Odebrecht quedó como única opción viable.

Las imputaciones

El fallo distribuyó responsabilidades de manera diferenciada entre los cinco acusados. A Cameron lo consideró la figura central del direccionamiento por su intervención directa en las decisiones que favorecieron a Odebrecht.

A Julio De Vido le atribuyó haber proporcionado el marco normativo e institucional que permitió la operación, aunque sin ejecutar personalmente las instrucciones cuestionadas.

En el caso de Cristian Folgar, los jueces consideraron que sus acciones fueron necesarias para preparar las condiciones administrativas y financieras que hicieron posible el esquema, por lo que lo condenaron como partícipe necesario.

La situación de Luis Beuret fue valorada de manera distinta: los magistrados estimaron que no se probó con certeza que conociera el propósito ilícito ni que hubiera actuado con voluntad de contribuir a él.

En tanto, Bragulat quedó exento de condena porque, al momento de los alegatos finales, ya no existía acusación en su contra.

Fuente: Infobae

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