La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha concedido medidas cautelares en favor de Daysi Amelia Castillo Álvarez, una funcionaria judicial de Nicaragua que permanece detenida desde enero de 2025. El organismo internacional determinó que la mujer enfrenta una situación de gravedad y riesgo irreparable mientras está bajo custodia del régimen sandinista, encabezado por Daniel Ortega y Rosario Murillo.
De acuerdo con la resolución de la CIDH, Castillo Álvarez se desempeñaba como alguacila judicial (secretaria especial de un juzgado) en el Juzgado Único Local de Moyogalpa, ubicado en la isla de Ometepe (departamento de Rivas). Fue arrestada el 7 de enero de 2025 por autoridades estatales y desde entonces se encuentra incomunicada. El organismo subraya que sus familiares no recibieron información oficial sobre sus condiciones de reclusión ni sobre su estado de salud, a pesar de las gestiones realizadas.
Hasta el momento, no existen cargos formales públicos ni se ha informado el motivo oficial de la detención de Castillo Álvarez. La CIDH remarcó que Nicaragua no respondió a la solicitud de información presentada durante el procedimiento de medidas cautelares.
La Comisión advirtió que la funcionaria se encuentra bajo custodia estatal, sin acceso comprobado a atención médica o medicación, y sin posibilidad de recibir visitas de familiares o allegados.
“Sus derechos a la vida, integridad personal y salud enfrentan un riesgo de daño irreparable en Nicaragua”, indicó la CIDH.
Por ello, el organismo solicitó al régimen adoptar las medidas necesarias para proteger los derechos fundamentales de Castillo Álvarez, e informar sobre las circunstancias y condiciones de su detención.

La CIDH también otorgó el pasado viernes medidas cautelares a favor de Santos Ariel Rodríguez Lagos ante el riesgo grave e inminente para su vida e integridad personal en el país. La decisión se fundamentó en la falta de información oficial sobre el paradero y las condiciones de detención del empresario, quien fue arrestado el 2 de junio de 2024 por agentes estatales.
El calvario de un detenido por fuerzas de la dictadura sandinista
La CIDH condenó a la dictadura de Nicaragua el 13 de agosto de 2026 por la detención arbitraria, los tratos crueles, inhumanos y degradantes y la violación de garantías procesales cometidas contra el ciudadano estadounidense Jason Zachary Puracal. El fallo obligó al régimen nicaragüense a pagar más de 190.000 dólares en concepto de reparaciones, a implementar reformas legales y reconoce que el caso establece un precedente para la protección de los derechos humanos en la región.
La sentencia de la Corte IDH cuestionó el funcionamiento del sistema judicial y penitenciario de Nicaragua bajo el régimen de Daniel Ortega, en un contexto en el que el uso abusivo de la prisión preventiva y las detenciones arbitrarias han sido denunciadas a nivel internacional.

El 11 de noviembre de 2010, agentes de la Policía Nacional de Nicaragua realizaron allanamientos sin orden judicial en la oficina y el domicilio de Puracal en San Juan del Sur. La familia del ciudadano estadounidense, incluida su esposa nicaragüense y su hijo pequeño, presenció la irrupción, que se prolongó durante varias horas y finalizó con la confiscación de documentos y bienes.
Posteriormente, Puracal fue acusado de crimen organizado, lavado de dinero y narcotráfico junto a otros diez ciudadanos nicaragüenses, en un proceso señalado por irregularidades según la CIDH. La prisión preventiva se extendió durante nueve meses, sin acceso inmediato a defensa letrada ni asistencia consular, y concluyó con una condena a 22 años de prisión.
La defensa, con el respaldo de organizaciones como The David House Agency y la clínica de derechos humanos de la Universidad de Seattle dirigida por el profesor Thomas M. Antkowiak, obtuvo en septiembre de 2012 la anulación de la sentencia por parte del Tribunal de Apelaciones. Tras la decisión, la Dirección de Migración y Extranjería ordenó la deportación inmediata de Puracal, obligando a la familia a reconstruir su vida en Estados Unidos.
Fuente: Infobae