¿Te pueden embargar el sueldo por deudas de tarjeta o billeteras?

Para que un banco o entidad financiera pueda retener parte del salario de un deudor en Argentina, es indispensable que exista una orden emitida por un juez. Sin una sentencia judicial firme, ninguna institución bancaria, tarjeta de crédito, billetera virtual o empresa de cobranzas tiene la facultad legal de realizar un descuento directo sobre los ingresos del deudor. Las llamadas telefónicas, los mensajes de texto o las intimaciones por WhatsApp no representan un embargo ejecutado.

De acuerdo con información difundida en el ámbito financiero, el embargo de salario es una medida que se adopta en el marco de un proceso judicial. El procedimiento exige que exista una demanda, que un juez dicte una resolución y que esa resolución sea notificada al empleador. Solo a partir de ese momento, la empresa está obligada a retener el porcentaje establecido por la ley y depositarlo en la cuenta del expediente judicial.

El camino hacia un embargo no es inmediato. Antes de recurrir a la justicia, las entidades financieras suelen agotar otras instancias: contactar al deudor, ofrecer planes de refinanciación y, en muchos casos, vender la deuda a estudios jurídicos especializados en cobranzas. Cuando el incumplimiento se prolonga, la entidad puede iniciar una demanda y solicitar el embargo de bienes, pero esta etapa representa el último recurso, no el primero.

Topes legales: ¿cuánto del sueldo pueden embargar?

La Ley de Contrato de Trabajo (N° 20.744) y el Decreto 484/87 establecen límites precisos sobre la porción del salario que puede ser embargada. Según fuentes del sector financiero, las escalas son las siguientes:

  • El Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), actualmente en $376.600 mensuales, es inembargable. Esta porción está protegida por ley en todos los casos.
  • Si la remuneración mensual no supera dos SMVM (es decir, $753.200), puede embargarse hasta el 10% del monto que exceda el SMVM.
  • Si la remuneración supera dos SMVM, puede embargarse hasta el 20% del excedente.

El cálculo se realiza sobre el sueldo neto, es decir, después de los aportes y descuentos de ley. Además, si el salario se acredita en una cuenta sueldo, esos fondos mantienen la misma protección: el embargo debe aplicarse sobre la remuneración con los topes legales y no sobre el saldo total disponible en la cuenta.

La única excepción a estos límites es la deuda por cuota alimentaria. En ese caso, el juez puede fijar un porcentaje mayor y alcanzar incluso la porción equivalente al SMVM.

 Consultar el propio informe del Veraz es gratuito y puede hacerse cada seis meses por teléfono o por internet, según establece la Ley 25.236 (Imagen Ilustrativa Infobae)

El historial crediticio: las cinco situaciones del Veraz

Antes de que un embargo sea una posibilidad, el impago de deudas genera otra consecuencia inmediata: el ingreso al Veraz, el registro que recopila el historial crediticio de personas y empresas en Argentina. De acuerdo con información financiera, ese historial se clasifica en cinco situaciones:

  1. Situación 1: El deudor cumple con todos sus pagos en tiempo y forma. Otorga un score alto y acceso a productos financieros.
  2. Situación 2: Moras leves de hasta 30 días. Es reversible con rapidez una vez que se regulariza el pago.
  3. Situación 3: Atrasos de más de 30 días. Requiere un análisis de ingresos y egresos y negociación con los acreedores.
  4. Situación 4: Atraso superior a 90 días. Se considera un incumplimiento de magnitud, con riesgo de embargos o demandas.
  5. Situación 5: Deudas incobrables o que pasaron a instancia judicial. Incluso desde esta situación existen alternativas, como renegociar con abogados o mediadores, cancelar deudas con quitas y reconstruir el historial con productos más simples, como cuentas o tarjetas prepagas.

Un mal historial en el Veraz limita el acceso a nuevos préstamos, tarjetas y otros productos financieros, y es consultado por bancos y entidades cada vez que se evalúa el otorgamiento de un crédito.

Prescripción de deudas: plazos y condiciones

Un dato que suele pasarse por alto es que las deudas financieras tienen plazos de prescripción. Las deudas de tarjeta de crédito prescriben a los tres años desde que se produce la mora, es decir, desde el vencimiento del último resumen impago. Las deudas de préstamos personales, en cambio, pueden tener plazos distintos según la entidad y el producto.

Sin embargo, la prescripción no opera de forma automática en todos los casos. Si el deudor realiza un pago parcial o el acreedor inicia una demanda judicial, el plazo se reinicia desde ese momento. Por eso, cualquier acción sobre la deuda —aunque sea mínima— puede extender el período durante el cual la deuda es legalmente exigible.

Este punto es muy importante, por lo que vale la pena repetirlo: existe mucha información errada sobre la prescripción de deudas, es muy difícil que una deuda prescriba y aún cuando lo haga las entidades financieras suelen conservar información sobre la conducta de pago del cliente que pesa sobre su scoring crediticio y su capacidad de acceder a servicios financieros a valores sensatos.

Cómo consultar el Veraz y cuándo es posible salir

Consultar el propio informe del Veraz es un derecho garantizado por la Ley 25.236 y puede hacerse de forma gratuita cada seis meses, ya sea por teléfono al (011) 5352-4800 o a través de internet. Según explican expertos financieros, el sistema solicita el número de DNI y realiza preguntas de validación de identidad antes de otorgar acceso al informe.

La Ley de Contrato de Trabajo protege el Salario Mínimo Vital y Móvil: esa porción del ingreso es inembargable en todos los casos, salvo deudas alimentarias (Reuters)

El informe del Veraz contiene datos sobre deudas con entidades bancarias, cheques rechazados en los últimos 24 meses, préstamos vigentes, procesos judiciales y extrajudiciales, pedidos de quiebra y obligaciones no canceladas. Se diferencia de la Central de Deudores del Banco Central de la República Argentina (BCRA): mientras esta última registra financiaciones otorgadas por entidades financieras y cheques rechazados, el informe del Veraz es más amplio e incluye la información de esa central más otros datos adicionales.

Según las mismas fuentes, es posible salir del Veraz en tres situaciones:

  • Si la deuda informada tiene más de cinco años y el acreedor no inició juicio ni el deudor activó un plan de pagos.
  • Si la deuda ya fue abonada y el informe no refleja esa cancelación.
  • Si el registro es producto de un error, como robo de identidad o equivocación de la entidad financiera. En este caso, también es posible reclamar indemnización por daños y perjuicios.

En todos los casos, el trámite requiere documentación probatoria y puede demorar varios días hasta que la información se actualice en la base de datos.

¿Qué hacer si recibes una notificación de embargo?

Ante la recepción de un oficio judicial de embargo, los expertos recomiendan seguir estos pasos:

  1. Leer la cédula o el oficio: identificar el juzgado, el expediente y el monto reclamado.
  2. Verificar que la deuda sea válida y esté vigente: los plazos de prescripción pueden jugar a favor del deudor.
  3. Consultar con un abogado o con un servicio de defensa del consumidor.
  4. Controlar el recibo de sueldo: revisar que la retención respete los porcentajes legales establecidos por la Ley de Contrato de Trabajo.
  5. Ofrecer un acuerdo de pago: en muchos casos es posible levantar o reducir el embargo con un plan de pagos homologado en el expediente.

Para prevenir llegar a esa instancia, conviene pedir el informe en la Central de Deudores del BCRA para conocer la situación real, priorizar las deudas con intereses más altos, negociar refinanciaciones antes de caer en mora y unificar vencimientos cerca de la fecha de cobro del sueldo. Cuanto antes se establezca contacto con el acreedor, más opciones de acuerdo están disponibles.

Fuente: Infobae

COMPARTIR ESTA NOTICIA

Facebook
Twitter

FACEBOOK