Jubilarse del sector público no siempre significa recibir de inmediato el incentivo económico que reconoce los años de servicio. Miles de expedientes quedaron pendientes durante años y ahora el Gobierno asegura que aceleró su pago.
Desde noviembre de 2023 hasta agosto de 2026, 14.980 jubilados recibieron USD 737 millones, según informó Diana Ramírez, viceministra del Servicio Público, durante una entrevista en EcuadorTV. La funcionaria sostuvo que parte de los pagos correspondía a obligaciones que presentaban rezagos desde 2017.
La cifra incluye un desembolso reciente de alrededor de USD 230 millones para 4.600 jubilados.
Pero ¿cuánto puede recibir un jubilado del sector público, quién tiene derecho al beneficio y qué debe hacer si todavía espera su pago?
La respuesta depende, entre otros factores, del régimen laboral bajo el cual prestó sus servicios.
14.980 jubilados y USD 737 millones: ¿qué se pagó?
Ramírez explicó que el Ejecutivo mantiene una asignación presupuestaria para atender los incentivos durante el año, pero que en 2026 se adelantaron desembolsos que inicialmente podían extenderse hasta diciembre.
“Hasta la fecha son 14.980”, señaló la viceministra sobre los expedientes atendidos desde noviembre de 2023. El monto destinado en ese período alcanza los USD 737 millones.
La funcionaria no afirmó, sin embargo, que todos los expedientes pendientes del país estén pagados.
Cuando se le preguntó si el Estado ya estaba al día hasta 2025, respondió que el avance depende del régimen al que pertenece cada exservidor y de la fecha y condiciones bajo las cuales ingresa cada expediente.
Ese matiz resulta importante: 14.980 pagos no equivalen a la eliminación total de la deuda pendiente con jubilados del sector público.
¿Cuánto puede recibir un jubilado bajo la LOSEP?
El artículo 129 establece que los servidores comprendidos por este régimen que cumplen las condiciones legales pueden recibir, por una sola vez, cinco salarios básicos unificados por cada año de servicio, contados desde el quinto año, hasta un máximo de 150 salarios básicos.
Hay otra clave: para este cálculo, la LOSEP dispone que desde 2015 se utilice como referencia el Salario Básico Unificado vigente al 1 de enero de 2015, que fue de USD 354, no el SBU actual de 2026.
Por eso el máximo llega a:
- 150 × USD 354 = USD 53.100.
Esta cifra coincide con el monto señalado por Ramírez durante la entrevista.
Por tanto, no corresponde multiplicar los 150 salarios por el SBU de USD 482 vigente en 2026. El Ministerio del Trabajo confirmó que el salario básico actual es de USD 482, pero la LOSEP mantiene para este beneficio la referencia establecida en la norma.
¿Quiénes pueden acceder al beneficio de la LOSEP?
Tampoco basta con haber trabajado alguna vez para el Estado.
El Ministerio del Trabajo señala que el beneficio del artículo 129 se aplica específicamente a servidores públicos de carrera que se retiren voluntariamente para jubilarse, cumplan los requisitos previstos en las leyes de seguridad social y formen parte del plan institucional de desvinculación aprobado y presupuestado.
La cartera de Estado aclara que, bajo las condiciones que detalla la norma, el beneficio no se aplica de forma general a quienes trabajaron mediante contratos de servicios ocasionales, nombramientos provisionales o puestos de libre remoción, aunque existen situaciones específicas para servidores de carrera que ocupen provisionalmente determinadas funciones.
Además, el pago se entrega una sola vez. La LOSEP establece que quien vuelva al sector público después de recibirlo no podrá cobrar nuevamente el mismo beneficio.
¿De dónde salen los USD 74.340 mencionados por la viceministra?
El segundo escenario corresponde a determinados trabajadores sujetos al Código del Trabajo.
Ramírez señaló que en este régimen existe un tope de USD 74.340.
La cifra resulta de:
- 210 × USD 354 = USD 74.340.
La base jurídica es distinta de la LOSEP. El Mandato Constituyente No. 2 establece límites de hasta siete salarios básicos por cada año de servicio y un máximo total de 210 salarios para las indemnizaciones contempladas en la norma.
Por eso, USD 53.100 y USD 74.340 no son dos montos entre los que el jubilado pueda escoger. Responden a marcos jurídicos diferentes y la aplicación concreta depende del régimen laboral y de las condiciones de cada expediente.
1.500 trabajadores de Salud quedaron fuera del incentivo
Ramírez explicó que alrededor de 1.500 médicos, enfermeras, obstetras, nutricionistas y otros servidores se jubilaron durante el período de transición entre la LOSEP y la normativa de carrera sanitaria y quedaron fuera del pago del incentivo.
Según la viceministra, una resolución identificada como 2026-040 permitió incorporar a esos 1.500 exservidores al beneficio y regularizar su situación.
¿Todavía quedan jubilados esperando el pago?
Sí. Ramírez explicó que las instituciones procesan aproximadamente 13.000 expedientes y puso como ejemplo al sector de Educación, Cultura y Deporte, donde señaló que alrededor de 3.600 personas se jubilan.
La viceministra no entregó una cifra consolidada de cuántos jubilados permanecen actualmente en espera, por lo que no es posible afirmar, con la información disponible, cuál es la deuda total pendiente ni en qué fecha quedará completamente saldada.
¿Cómo solicitar el incentivo jubilar?
El trámite comienza en la propia institución donde trabajó el servidor.
Ramírez explicó que la persona debe:
- Acudir a la Unidad de Talento Humano de su ministerio o entidad. Allí se revisan requisitos como edad, tiempo de servicio y demás condiciones aplicables al régimen correspondiente.
- Después, la institución registra el expediente para una segunda revisión.
- La autoridad laboral realiza una contravalidación, que incluye la revisión de los valores que correspondería pagar.
Según la viceministra, las instituciones pueden tardar aproximadamente uno o dos meses en completar su primera fase de revisión. Después continúa la validación correspondiente antes del desembolso.
¿El pago es automático al jubilarse?
No necesariamente.
La normativa establece requisitos, planificación institucional y disponibilidad presupuestaria para el beneficio. En el caso de la LOSEP, el artículo 129 dispone expresamente que las reformas presupuestarias se realizan en función de la disponibilidad fiscal existente.
Ramírez aseguró que el Gobierno aceleró la revisión de expedientes y adelantó pagos que podían ejecutarse hasta diciembre de 2026.
“Al tener expedientes ya revisados, hemos adelantado el pago”, señaló la funcionaria.
El Telégrafo
LV